SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4016)
MOQUETAS ASAN, S.A. (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) CONTOY HOLDING, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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Núm. 103

Miércoles 2 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

4016

MOQUETAS ASAN, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
CONTOY HOLDING, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del
artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones
Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público
que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la sociedad Moquetas
Asan, S.A., celebrada el 20 de mayo de 2021, acordó, por unanimidad, la escisión
parcial sin extinción de la sociedad Moquetas Asan, S.A., a favor de la sociedad
Contoy Holding, S.L., subrogándose por sucesión a título universal en todos los
derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y adjudicando a los
socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la
sociedad beneficiaria.
La escisión implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la
actividad de alquiler de la sociedad escindida a favor de la sociedad Contoy
Holding, S.L. La escisión se realizará con cargo a "reservas de libre disposición".
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la LME el acuerdo de
escisión parcial se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente
los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por
decisión unánime de todos los socios de la sociedad parcialmente escindida. De
acuerdo con los dispuesto en los artículos 43 y 44 de LME, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a socios y acreedores de solicitar y obtener el
texto íntegro del acuerdo de escisión parcial. Igualmente, se hace constar la puesta
a disposición de los socios y trabajadores de los documentos a que hacen
referencia los artículos 43 y 44 LME.
Asimismo, los socios y acreedores de las sociedades que participan en la
escisión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de
escisión parcial, podrán oponerse a la misma dentro del plazo de un mes. A contar
desde la última publicación del último anuncio de escisión parcial, en los términos
previstos en los artículos 43 y 44 LME.
Madrid, 21 de mayo de 2021.- La Administradora única de Moquetas Asan,
S.A., María del Carmen Santos Lorenzana.

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