SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4011)
BANCO FINANTIA, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) BANCO FINANTIA SPAIN, S.A. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 103

Miércoles 2 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4011

BANCO FINANTIA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BANCO FINANTIA SPAIN, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Anuncio de Fusión Transfronteriza.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 66.1 de la Ley 3/2009, de
3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles
("LME"), se hace público que el consejo de administración de la sociedad
portuguesa Banco Finantia, S.A. (la "Sociedad Absorbente"), celebrado con fecha
30 de marzo de 2021, y la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas
de la sociedad española Banco Finantia Spain, S.A. (la "Sociedad Absorbida"),
celebrada con fecha 24 de mayo de 2021, han aprobado, en calidad de Sociedad
Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente,
la fusión transfronteriza por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la
Sociedad Absorbente (la "Fusión") en los términos establecidos en el proyecto
común de fusión formulado conjuntamente por los consejos de administración de la
Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida, los días 30 de marzo y 5 de abril de
2021, respectivamente (el "Proyecto Común de Fusión"). Asimismo, se hace
constar que, pese a no ser preceptivo bajo derecho portugués, la Junta General
Anual de Accionistas de la Sociedad Absorbente celebrada el 10 de mayo de 2021
ha tomado razón de la aprobación del Proyecto Común de Fusión por el consejo
de administración de la referida sociedad.
El Proyecto Común de Fusión se encuentra insertado en la página web
corporativa de la Sociedad Absorbida (www.bfs.es), con posibilidad de descargarlo
e imprimirlo, desde el 5 de abril de 2021, dándose aquí por reproducido sus
términos en lo legalmente necesario.

La Fusión proyectada está condicionada, entre otros, (a) a que el Ministerio de
Asuntos Económicos y Transformación Digital de España autorice la misma y (b) a
que el Banco de Portugal autorice conjuntamente la Fusión y la apertura de una
sucursal en España.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de
cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos
de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las
Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos
previstos en el artículo 44 LME.

cve: BORME-C-2021-4011
Verificable en https://www.boe.es

La Fusión implica (a) la extinción sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la
transmisión en bloque de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá
por sucesión universal e inmediatamente lo asignará a una sucursal que la
Sociedad Absorbente habrá establecido en España con anterioridad a la
inscripción definitiva de la Fusión y que continuará desarrollando la actividad
llevada a cabo por la Sociedad Absorbida hasta ese momento, y (b) la atribución,
en su caso, de acciones de la Sociedad Absorbente a los accionistas minoritarios
de la Sociedad Absorbida (que representan aproximadamente el 0,18 por 100 de
su capital social) que no aceptasen el ofrecimiento de adquisición que sobre sus
acciones ha presentado la Sociedad Absorbente en el Proyecto Común de Fusión,
de conformidad con el artículo 50 LME.