SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-3935)
INROCO, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) KMP HANDELSGESELLSCHAFT M.B.H. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 101

Lunes 31 de mayo de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

3935

INROCO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
KMP HANDELSGESELLSCHAFT M.B.H.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, sobre
Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), aplicable
por remisión del artículo 66.1 de la misma Ley, se hace público que los socios de
Inroco, S.L. (Sociedad Absorbente), y KMP Handelsgesellschaft m.b.H. (Sociedad
Absorbida), en sendas Junta Generales Extraordinarias y Universales de ambas
sociedades celebradas el 19 de mayo de 2021, han aprobado la fusión por
absorción transfronteriza intracomunitaria de las mismas, con disolución sin
liquidación de la sociedad absorbida y adquisición por sucesión universal de su
patrimonio por la sociedad absorbente.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común de Fusión
Transfronteriza redactado por el órgano de administración de ambas sociedades
con fecha 14 de diciembre de 2020 y Adenda de 4 de enero de 2021, debidamente
depositado en su día en el Registro Mercantil de Girona y el Registro de Comercio
y de Sociedades Austríaco respectivo. La fusión se realiza de conformidad con lo
establecido en el artículo 54 y siguientes de la LME, en el artículo 1 y siguientes de
la Ley Austríaca sobre Fusiones en la Unión Europea y la Directiva 2005/56/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de octubre de 2005, habiéndose
aprobado el Balance de Fusión.
Del mismo modo, se reconoce el derecho de los acreedores que se encuentren
en alguno de los supuestos legales del artículo 44 de la LME, de oponerse a la
fusión transfronteriza intracomunitaria en los términos y con los efectos legalmente
previstos, en el pazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de los
acuerdos de fusión.
Asimismo, se hace constar expresamente conforme al artículo 66 de la LME el
derecho que asiste a los acreedores y socios de las sociedades intervinientes en la
fusión a obtener sin coste alguno en el domicilio social de la sociedad absorbente,
calle Pere IV, 397, 08020, Barcelona, el texto íntegro de los acuerdos adoptados,
de los balances de fusión, demás información relevante así como las condiciones
para el ejercicio del derecho de oposición que corresponde a los acreedores.
Barcelona, 19 de mayo de 2021.- El Administrador único de Inroco, S.L., y de
KMP Handelsgesellschaft m.b.H., Jorge Rottier Sala.

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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958