SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2021-2607)
ALMIRALL, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Viernes 14 de mayo de 2021

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DISTANCIA. EMISIÓN DE VOTO POR MEDIO DE COMUNICACIÓN A
DISTANCIA.
2.1. Asistencia telemática a la Junta General
A la vista de la situación excepcional derivada del COVID-19, el Consejo de
Administración, con el fin de salvaguardar los intereses generales, la salud y la
seguridad de los accionistas, empleados y demás personas que intervienen en la
preparación y celebración de la Junta General, ha acordado que la asistencia a la
Junta General se realice por medios exclusivamente telemáticos a través de la
página web de la Sociedad www.almirall.com que garanticen debidamente la
identidad del sujeto.
La asistencia telemática a la Junta General se sujetará a las siguientes reglas
básicas, que podrán ser complementadas y/o desarrolladas por las que se
publiquen en la página web de la Sociedad (www.almirall.com).
Podrá asistir telemáticamente a la Junta General el accionista que con cinco
días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta, tenga inscrita la
titularidad de acciones a su nombre en el correspondiente registro de anotaciones
en cuenta. Por cuanto es previsible que la Junta se celebre en primera
convocatoria, se hace constar que los accionistas deberán tener registradas a su
nombre las acciones no más tarde del día 11 de junio de 2021.
El accionista que desee asistir a la Junta deberá registrarse a través de los
medios habilitados para la asistencia telemática a la Junta en la página web de la
Sociedad (www.almirall.com), desde las 9:00 hasta las 12:15 horas del día 18 de
junio de 2021, fecha de celebración de la Junta General en primera convocatoria.
En caso de que la Junta finalmente no se celebrara en primera convocatoria
(circunstancia poco probable), el accionista deberá registrarse a través de los
indicados medios al día siguiente dentro de la misma franja horaria dicha. El
accionista deberá identificarse en el indicado registro mediante la firma electrónica
reconocida, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de
Firma Electrónica, siempre que esté basada en un certificado electrónico
reconocido respecto del cual no conste su revocación y que (i) sea un Certificado
Electrónico de Usuario emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española
(CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o (ii) se halle
incorporado al Documento Nacional de Identidad Electrónico emitido de
conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se
regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de
firma electrónica.
En el caso de los representantes, para que éstos puedan registrarse para
asistir telemáticamente a la Junta General con acciones que no sean de su
titularidad, en el supuesto en el que la delegación no se haya hecho llegar a la
Sociedad mediante comunicación electrónica, deberá acreditar la delegación y su
identidad mediante su envío por correo electrónico (inversores@almirall.com) de la
tarjeta de asistencia y delegación del accionista, debidamente cumplimentada y
firmada, junto con una copia del D.N.I. o cualquier otro documento oficial en vigor
generalmente aceptado a estos efectos del representante, hasta las 23:59 del día
17 de junio de 2021. En el caso de accionistas persona jurídica, deberá asimismo
acreditarse la representación de su representante mediante el envío por correo
electrónico (inversores@almirall.com) de la documentación que pruebe
cumplidamente tal representación, junto con una copia del D.N.I. o cualquier otro
documento oficial en vigor generalmente aceptado a estos efectos del
representante, hasta las 23:59 del día 17 de junio de 2021.
Una vez que el accionista haya realizado el registro o el representante haya

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Núm. 90