SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2021-2486)
GAVARI PROPERTIES SOCIMI, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Miércoles 12 de mayo de 2021

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d) Procedimiento para el ejercicio del derecho de suscripción preferente.
Para ejercer los derechos de suscripción preferente, durante el Período de
Suscripción Preferente, los Accionistas Legitimados y los Inversores indicados
anteriormente deberán dirigirse a la entidad participante de Iberclear en cuyo
registro contable tengan inscritos los derechos de suscripción preferente,
manifestando su voluntad de suscribir las acciones nuevas que conforme a la
Relación de Canje les corresponda e indicando si desean suscribir adicionalmente
más acciones en caso de haberlas (esto es, las Acciones Sobrantes, tal y como
este término se define más adelante).
Las órdenes que se cursen referidas al ejercicio de derechos de suscripción
preferente se entenderán formuladas con carácter firme, irrevocable e
incondicional y conllevarán la suscripción de Nuevas Acciones a las que se
refieren. Igualmente, las peticiones relativas a la solicitud de acciones adicionales
durante el Periodo de Suscripción Preferente se entenderán formuladas con
carácter firme, irrevocable e incondicional, dejando a salvo la facultad del Consejo
de Administración de la Sociedad de decidir su adjudicación.
El número de acciones que se podrá suscribir será en todo caso un número
entero positivo, sin decimales ni fracciones, que resultará de aplicar la Relación de
Canje y cada acción suscrita deberá ser desembolsada al precio de 23,75 euros
por acción.
El desembolso íntegro del importe de suscripción de las acciones suscritas en
ejercicio del derecho de suscripción preferente se hará efectivo en el momento de
presentar la solicitud de suscripción a través de las entidades participantes de
Iberclear ante las que se cursen las correspondientes órdenes.
e) Comunicaciones a la Entidad Agente.
La Entidad Agente es Banco Sabadell, S.A. Las entidades participantes en
Iberclear comunicarán a la Entidad Agente durante el Periodo de Suscripción
Preferente el número total de nuevas acciones suscritas en ejercicio del derecho
de suscripción preferente y, en su caso, el número total de acciones adicionales
cuya suscripción se haya solicitado.
Una vez finalizado el Período de Suscripción Preferente, la Entidad Agente, en
el plazo máximo de cinco (5) días hábiles:
(i) Verificará el efectivo desembolso efectuado, y
(ii) Determinará si hubieran quedado acciones no suscritas (las "Acciones
Sobrantes").
En caso de que se apreciase algún defecto en los aspectos indicados
anteriormente, la Entidad Agente comunicará dicho extremo a la entidad
participante en Iberclear afectada dentro del plazo antes indicado para que en un
nuevo plazo de dos (2) días hábiles subsane el defecto detectado. Si en dicho
plazo no fuera subsanado el defecto, se entenderá que el accionista renuncia
totalmente al derecho de suscripción preferente que le asiste.
La Entidad Agente reportará seguidamente al Consejo de Administración de la
Sociedad.
Los derechos de suscripción preferente no ejercitados se extinguirán
automáticamente a la finalización del Periodo de Suscripción Preferente.

cve: BORME-C-2021-2486
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Núm. 88