Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-15752)
Real Decreto 689/2025, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182
Miércoles 30 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 102567
f) La elaboración de los planes del Departamento en materia normativa, el
impulso, coordinación, apoyo y supervisión de las actividades de elaboración de
disposiciones generales del departamento y el informe de los proyectos de normas
de otros Ministerios, coordinando las actuaciones dentro del Ministerio y con los
demás departamentos que hayan de intervenir en el procedimiento.
g) La coordinación de la acción del Departamento en el exterior, la
cooperación internacional, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y la coordinación, a través de
la Secretaría General Técnica, de las Consejerías de Trabajo, Migraciones y
Seguridad Social, en el exterior, en el ámbito de las competencias del
Departamento y sin perjuicio de la debida coordinación con el Ministerio de
Trabajo y Economía Social y de la competencia de las Embajadas o Misiones
Diplomáticas españolas en el extranjero y de la dependencia directa de las
personas titulares de aquellas respecto del Jefe de Misión Diplomática.
En particular, la Subsecretaría ejercerá las siguientes funciones:
a) La elaboración y tramitación del anteproyecto anual de presupuestos del
Departamento y la coordinación de los correspondientes a sus entidades
adscritas, así como el seguimiento de la ejecución presupuestaria y la tramitación
de los expedientes de modificación presupuestaria de los servicios
presupuestarios del Departamento, y de los expedientes de autorización para
adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual, en aplicación de lo
dispuesto en el artículo 47.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
b) La gestión económica y financiera y de la tesorería no atribuida a otros
órganos, así como la planificación, tramitación y seguimiento de la contratación
administrativa y privada no atribuida a otros órganos, y la coordinación de los
órganos colegiados del Departamento en materia de contratación.
c) La coordinación y control de la actuación de las distintas cajas pagadoras
del Departamento a través de la Unidad Central de Cajas, así como la tramitación
de los pagos que se realicen mediante los procedimientos especiales de pago a
justificar y anticipo de caja fija desde la caja pagadora general adscrita a la
Subsecretaría.
d) La evaluación de los distintos programas de gasto desarrollados en el
Ministerio, orientada a lograr políticas de gasto más eficientes.
e) La coordinación de la elaboración y actualización del Plan Estratégico de
Subvenciones de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.
f) La planificación, gestión y administración de los recursos humanos del
Departamento, la elaboración de las propuestas de aprobación y modificación de
las relaciones de puestos de trabajo y los planes de empleo, la tramitación de los
procesos para la cobertura de los puestos de trabajo, y las relaciones con las
organizaciones sindicales y las asociaciones profesionales de funcionarios, así
como la gestión de los planes de formación, de la acción social y de los programas
de prevención de riesgos laborales.
g) La coordinación y supervisión de la política de personal de las entidades
gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social así como la supervisión y
coordinación de las propuestas de planes de empleo, y de las funciones de
gestión ordinaria que corresponden a las unidades de personal de las entidades
gestoras, de la Tesorería General de la Seguridad Social, de la Intervención
General de la Seguridad Social, de la Gerencia de Informática y del Servicio
Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.
h) La ejecución de los planes y programas de inspección de los servicios y la
evaluación del funcionamiento, la eficacia y rendimiento del personal y servicios de
los órganos y unidades de los servicios centrales, entidades y organismos públicos
adscritos así como la coordinación de las actividades vinculadas con las
cve: BOE-A-2025-15752
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 182
Miércoles 30 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 102567
f) La elaboración de los planes del Departamento en materia normativa, el
impulso, coordinación, apoyo y supervisión de las actividades de elaboración de
disposiciones generales del departamento y el informe de los proyectos de normas
de otros Ministerios, coordinando las actuaciones dentro del Ministerio y con los
demás departamentos que hayan de intervenir en el procedimiento.
g) La coordinación de la acción del Departamento en el exterior, la
cooperación internacional, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y la coordinación, a través de
la Secretaría General Técnica, de las Consejerías de Trabajo, Migraciones y
Seguridad Social, en el exterior, en el ámbito de las competencias del
Departamento y sin perjuicio de la debida coordinación con el Ministerio de
Trabajo y Economía Social y de la competencia de las Embajadas o Misiones
Diplomáticas españolas en el extranjero y de la dependencia directa de las
personas titulares de aquellas respecto del Jefe de Misión Diplomática.
En particular, la Subsecretaría ejercerá las siguientes funciones:
a) La elaboración y tramitación del anteproyecto anual de presupuestos del
Departamento y la coordinación de los correspondientes a sus entidades
adscritas, así como el seguimiento de la ejecución presupuestaria y la tramitación
de los expedientes de modificación presupuestaria de los servicios
presupuestarios del Departamento, y de los expedientes de autorización para
adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual, en aplicación de lo
dispuesto en el artículo 47.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
b) La gestión económica y financiera y de la tesorería no atribuida a otros
órganos, así como la planificación, tramitación y seguimiento de la contratación
administrativa y privada no atribuida a otros órganos, y la coordinación de los
órganos colegiados del Departamento en materia de contratación.
c) La coordinación y control de la actuación de las distintas cajas pagadoras
del Departamento a través de la Unidad Central de Cajas, así como la tramitación
de los pagos que se realicen mediante los procedimientos especiales de pago a
justificar y anticipo de caja fija desde la caja pagadora general adscrita a la
Subsecretaría.
d) La evaluación de los distintos programas de gasto desarrollados en el
Ministerio, orientada a lograr políticas de gasto más eficientes.
e) La coordinación de la elaboración y actualización del Plan Estratégico de
Subvenciones de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.
f) La planificación, gestión y administración de los recursos humanos del
Departamento, la elaboración de las propuestas de aprobación y modificación de
las relaciones de puestos de trabajo y los planes de empleo, la tramitación de los
procesos para la cobertura de los puestos de trabajo, y las relaciones con las
organizaciones sindicales y las asociaciones profesionales de funcionarios, así
como la gestión de los planes de formación, de la acción social y de los programas
de prevención de riesgos laborales.
g) La coordinación y supervisión de la política de personal de las entidades
gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social así como la supervisión y
coordinación de las propuestas de planes de empleo, y de las funciones de
gestión ordinaria que corresponden a las unidades de personal de las entidades
gestoras, de la Tesorería General de la Seguridad Social, de la Intervención
General de la Seguridad Social, de la Gerencia de Informática y del Servicio
Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.
h) La ejecución de los planes y programas de inspección de los servicios y la
evaluación del funcionamiento, la eficacia y rendimiento del personal y servicios de
los órganos y unidades de los servicios centrales, entidades y organismos públicos
adscritos así como la coordinación de las actividades vinculadas con las
cve: BOE-A-2025-15752
Verificable en https://www.boe.es
3.