Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-14086)
Real Decreto 533/2025, de 24 de junio, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Servicios funerarios, se fijan los aspectos básicos del currículo y las ofertas de grados C, B y A incluidos en este título.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Miércoles 9 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 91300

h) Se han propuesto soluciones a los posibles imprevistos.
i) Se ha elaborado la documentación necesaria.
4. Realiza el seguimiento de la ejecución de las actividades planteadas, verificando
que se cumple con la planificación.
Criterios de evaluación:
a) Se ha definido el procedimiento de seguimiento de las actividades.
b) Se ha verificado la calidad de los resultados de las actividades.
c) Se han identificado posibles desviaciones de la planificación y/o los resultados
esperados.
d) Se ha informado de las desviaciones en caso de ser necesario.
e) Se han solucionado las desviaciones y se han documentado las intervenciones.
f) Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para la evaluación de las
actividades y del proyecto en su conjunto.
5.

Transmite información con claridad, de manera ordenada y estructurada.

Criterios de evaluación:
a) Se ha mantenido una actitud ordenada y metódica en la transmisión de la
información.
b) Se ha transmitido información verbal tanto horizontal como verticalmente.
c) Se ha transmitido información entre los miembros del grupo utilizando medios
informáticos.
d) Se han conocido los términos técnicos en otras lenguas que sean estándares del
sector.
ANEXO II
Espacios y equipamientos mínimos
Espacios
Espacio formativo

Superficie m²
20 alumnos/as

30 alumnos/as

Aula polivalente.

40

60

Aula taller de servicios funerarios.

60

90

130

200

50

80

Tanatorio.(*)
Crematorio.(*)
(*)

Espacio singular no necesariamente ubicado en el centro de formación.

Espacio formativo

Aula polivalente.

Equipamientos mínimos







Ordenadores instalados en red.
Conexión a Internet.
Medios audiovisuales.
Sistemas de reprografía.
Programas informáticos específicos del ciclo formativo.

cve: BOE-A-2025-14086
Verificable en https://www.boe.es

Equipamientos mínimos