Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2025-2564)
Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se dictan los procedimientos a seguir para la evaluación de la prueba de idoneidad para la obtención de los títulos profesionales de la marina mercante de Piloto de Segunda, Oficial de Máquinas de Segunda, Oficial Radioelectrónico de Segunda Clase y Oficial Electrotécnico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 36
Martes 11 de febrero de 2025
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Nº preguntas/
Puntuación
Máxima
PRESIDENTE
Sec. III. Pág. 18773
SECRETARIO
VOCAL
Técnicas operacionales de:
-
Ajuste del receptor y del transmisor en la
modalidad de funcionamiento adecuada, incluida
la llamada selectiva digital y la telegrafía de
impresión directa,
- Ajuste y realineación de antena, según proceda.
Utilización de las radiobalizas de localización de siniestros
(RLS).
Utilización de los programas informáticos el equipo
radioeléctrico y radionavegación.
V. Aptitud para transmitir y recibir
1/1
correctamente en radiotelefonía y en
telegrafía de impresión directa.
Aptitud para transmitir y recibir
correctamente en radiotelefonía y en
telegrafía de impresión directa.
VI. Reglamentación y documentación.
1/1
Convenio SOLAS y Reglamento de Radiocomunicaciones.
Otros documentos relativos a los procedimientos
operacionales y de comunicación de los servicios de
socorro, seguridad y correspondencia pública,
radioavisos náuticos y transmisiones meteorológicas en
el servicio móvil marítimo y servicio móvil marítimo por
satélite.
Cuadro A-IV/2. Normas mínimas de competencia para los servicios
2/1 por
pregunta.
- Radiocomunicaciones de búsqueda y salvamento,
incluidos los procedimientos del Manual internacional de
los servicios aeronáuticos y marítimos de búsqueda y
salvamento (IAMSAR).
- Medios de impedir la transmisión de falsos alertas de
socorro y procedimientos para mitigar las consecuencias
de dichos alertas.
- Sistemas de notificación para buques.
- Servicios radiomédicos.
- Utilización del Código Internacional de Señales y de las
Frases normalizadas de la OMI para las comunicaciones
marítimas.
cve: BOE-A-2025-2564
Verificable en https://www.boe.es
VII. Transmitir y recibir información
utilizando los equipos y subsistemas de la
estación
radio
cumpliendo
las
prescripciones funcionales.
Núm. 36
Martes 11 de febrero de 2025
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Nº preguntas/
Puntuación
Máxima
PRESIDENTE
Sec. III. Pág. 18773
SECRETARIO
VOCAL
Técnicas operacionales de:
-
Ajuste del receptor y del transmisor en la
modalidad de funcionamiento adecuada, incluida
la llamada selectiva digital y la telegrafía de
impresión directa,
- Ajuste y realineación de antena, según proceda.
Utilización de las radiobalizas de localización de siniestros
(RLS).
Utilización de los programas informáticos el equipo
radioeléctrico y radionavegación.
V. Aptitud para transmitir y recibir
1/1
correctamente en radiotelefonía y en
telegrafía de impresión directa.
Aptitud para transmitir y recibir
correctamente en radiotelefonía y en
telegrafía de impresión directa.
VI. Reglamentación y documentación.
1/1
Convenio SOLAS y Reglamento de Radiocomunicaciones.
Otros documentos relativos a los procedimientos
operacionales y de comunicación de los servicios de
socorro, seguridad y correspondencia pública,
radioavisos náuticos y transmisiones meteorológicas en
el servicio móvil marítimo y servicio móvil marítimo por
satélite.
Cuadro A-IV/2. Normas mínimas de competencia para los servicios
2/1 por
pregunta.
- Radiocomunicaciones de búsqueda y salvamento,
incluidos los procedimientos del Manual internacional de
los servicios aeronáuticos y marítimos de búsqueda y
salvamento (IAMSAR).
- Medios de impedir la transmisión de falsos alertas de
socorro y procedimientos para mitigar las consecuencias
de dichos alertas.
- Sistemas de notificación para buques.
- Servicios radiomédicos.
- Utilización del Código Internacional de Señales y de las
Frases normalizadas de la OMI para las comunicaciones
marítimas.
cve: BOE-A-2025-2564
Verificable en https://www.boe.es
VII. Transmitir y recibir información
utilizando los equipos y subsistemas de la
estación
radio
cumpliendo
las
prescripciones funcionales.