Tribunal SupremoIV. Administración de Justicia. Planes de estudios. (BOE-B-2025-4113)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de febrero de 2025
Sec. IV. Pág. 6312
Recurso núm. 8416/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 13 y 15 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el
artículo 99.5 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas.
Recurso núm. 8599/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: el
artículo 13 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre.
Recurso núm. 8632/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: la
Disposición Transitoria Undécima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las
leyes de los Impuestos sobre Sociedades y los artículos 14, 24 y 120.3 de la
Constitución Española.
Recurso núm. 8793/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos Quinto de la Ley 49/1960, de 21 de julio; 3.1 y 11.1 del Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, y 396 y 401 del Código Civil.
Recurso núm. 8953/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 40, 41.5, 43.1.a), 175, 176 y 177 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre; y
124.5 y 6 y 127 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
Recurso núm. 9048/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 121.Uno y 124.Dos.3ª de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del
Impuesto sobre el Valor Añadido y el artículo 43.2 del Reglamento del Impuesto
sobre el Valor Añadido, aprobado por Real Decreto 1624/1992, de 29 de
diciembre.
Recurso núm. 0080/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 54 y 70 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de
Personal de la Policía Nacional, así como las cláusulas 4a y 5 a del Acuerdo de 12
de marzo de 2018 entre el Ministerio del Interior, los sindicatos de la Policía
Nacional y las asociaciones profesionales de la Guardia Civil.
Recurso núm. 0088/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 216, 219.1 y 221 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
Recurso núm. 1219/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 54, 58 y 59 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad.
Recurso núm. 2077/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la
disposición adicional séptima del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y
Rehabilitación Urbana.
Recurso núm. 3261/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el
Reglamento de Armas aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, en
sus artículos 97.5 y 98.1.
Recurso núm. 4882/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el
artículo 20.5 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 8 del Real Decreto
130/2019 puestos en relación con la disposición adicional primera.2 de la Ley 19/
2013, a fin de determinar si en materia de subvenciones existe un régimen
específico de acceso a la información y el carácter reservado de dicha información
que suponga que se aplique de forma preferente a las previsiones de la ley de
transparencia, quedando esta última como regulación supletoria.
cve: BOE-B-2025-4113
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 33
Viernes 7 de febrero de 2025
Sec. IV. Pág. 6312
Recurso núm. 8416/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 13 y 15 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el
artículo 99.5 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas.
Recurso núm. 8599/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: el
artículo 13 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre.
Recurso núm. 8632/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: la
Disposición Transitoria Undécima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las
leyes de los Impuestos sobre Sociedades y los artículos 14, 24 y 120.3 de la
Constitución Española.
Recurso núm. 8793/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos Quinto de la Ley 49/1960, de 21 de julio; 3.1 y 11.1 del Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, y 396 y 401 del Código Civil.
Recurso núm. 8953/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 40, 41.5, 43.1.a), 175, 176 y 177 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre; y
124.5 y 6 y 127 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
Recurso núm. 9048/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 121.Uno y 124.Dos.3ª de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del
Impuesto sobre el Valor Añadido y el artículo 43.2 del Reglamento del Impuesto
sobre el Valor Añadido, aprobado por Real Decreto 1624/1992, de 29 de
diciembre.
Recurso núm. 0080/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 54 y 70 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de
Personal de la Policía Nacional, así como las cláusulas 4a y 5 a del Acuerdo de 12
de marzo de 2018 entre el Ministerio del Interior, los sindicatos de la Policía
Nacional y las asociaciones profesionales de la Guardia Civil.
Recurso núm. 0088/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 216, 219.1 y 221 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
Recurso núm. 1219/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 54, 58 y 59 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad.
Recurso núm. 2077/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la
disposición adicional séptima del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y
Rehabilitación Urbana.
Recurso núm. 3261/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el
Reglamento de Armas aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, en
sus artículos 97.5 y 98.1.
Recurso núm. 4882/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el
artículo 20.5 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 8 del Real Decreto
130/2019 puestos en relación con la disposición adicional primera.2 de la Ley 19/
2013, a fin de determinar si en materia de subvenciones existe un régimen
específico de acceso a la información y el carácter reservado de dicha información
que suponga que se aplique de forma preferente a las previsiones de la ley de
transparencia, quedando esta última como regulación supletoria.
cve: BOE-B-2025-4113
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 33