Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2024-27431)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186401

Segunda parte: Consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico
elegido de entre dos propuestos por el Tribunal, sobre las materias recogidas en el grupo
de temas específicos del programa del anexo I. Cada supuesto se desglosará en 15
preguntas y 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que
se anule alguna de las 15 anteriores.
El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de 2 horas. Los y las
aspirantes que conserven la puntuación de la primera parte del ejercicio de la
convocatoria inmediatamente anterior dispondrán de un tiempo máximo de 1 hora.
El cuestionario de ambas partes estará compuesto por preguntas con 4 respuestas
alternativas, de las cuales sólo una de ellas es correcta. Para su realización, las
personas aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta
que estimen válidas de acuerdo con las instrucciones que se faciliten. Todas las
preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación errónea se penalizará
descontando un cuarto del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no
penalizan.
En el plazo máximo de dos días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará
pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.
Este primer ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos de acuerdo con lo siguiente:
Primera parte: Se calificará de 0 a 50 puntos, y será necesario obtener una
calificación mínima de 25 puntos para superarla. El Tribunal fijará la puntuación directa
mínima necesaria que se debe alcanzar en esta primera parte para que pueda evaluarse
la segunda.
Segunda parte: Se calificará de 0 a 50 puntos, y será necesario obtener una
calificación mínima de 25 puntos para superarla. El Tribunal fijará la puntuación directa
mínima necesaria que se debe alcanzar en esta segunda parte para superar el ejercicio.
En cada una de las partes del ejercicio, la calificación resultará de la transformación
de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal,
teniendo en cuenta lo siguiente:
Las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para superar cada parte del
ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.
Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones
máximas del ejercicio.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de esta, que no estén expresamente establecidos en las bases
de esta convocatoria.
Aquellas personas que, no habiendo superado la segunda parte de la prueba, hayan
superado la primera parte, se les conservará la puntuación obtenida en la primera parte
en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la
forma de calificación del ejercicio en el que se hubiera conservado la nota sean
análogos.
Terminada la prueba, el Tribunal aprobará la relación de aspirantes que han
superado el primer ejercicio.
Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba física de resistencia encaminada a
comprobar la aptitud física de los aspirantes que han superado el primer ejercicio.
Para la realización del segundo ejercicio las personas aspirantes irán provistas de
atuendo deportivo acorde a la naturaleza de la prueba a realizar y deberán entregar al
Tribunal, antes del inicio del ejercicio, certificado médico extendido en un impreso oficial
y firmado por un médico/a colegiado/a en ejercicio dentro de los 90 días naturales
anteriores a la fecha de celebración de la prueba en el que se haga constar

cve: BOE-A-2024-27431
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Núm. 314