Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad. (BOE-A-2024-27420)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186211

– Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,40 puntos.
– Puntuación máxima en la valoración del grado personal consolidado: 4 puntos.
c)

Cursos de formación:

Los cursos de formación se valorarán hasta un máximo de 4 puntos.
Los cursos susceptibles de valoración serán los recibidos en el marco de la
formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de
idiomas.
No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los de
doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas,
seminarios, simposios, máster y similares, así como aquellos que no acrediten una
duración mínima de quince horas.
Además, respecto de los cursos recibidos, únicamente serán objeto de valoración
cuando aparezcan reflejados en el anexo V. En caso de que no figure la duración de los
cursos y la fecha de realización, no podrán ser objeto de valoración.
Por la realización como asistente de los cursos de formación con una duración
mínima acreditada de quince horas, siempre que se haya expedido diploma o certificado
de asistencia o de aprovechamiento, hasta 4 puntos, con la siguiente distribución:
– Para cursos de formación con una duración de quince a veinticinco horas: 1
puntos.
– Para cursos de formación con una duración superior a veinticinco horas: 1,25
puntos.
Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de
veces que se haya realizado, en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que le
pueda corresponder.
El plazo máximo de validez de los cursos será de diez años inmediatamente
anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición.
Curso selectivo y periodo de prácticas.

Todas las personas aspirantes del sistema general de acceso libre que superen la
fase de oposición, y las del sistema de promoción interna que superen las fases de
concurso y oposición, realizarán un curso selectivo en la Escuela de la Hacienda Pública
del Instituto de Estudios Fiscales, que deberán superar con aprovechamiento.
En el curso se desarrollarán materias relacionadas con el Sistema Presupuestario del
Estado, Control, Auditoria y Contabilidad Pública, así como las de carácter
complementario útiles para el desempeño de las funciones encomendadas al Cuerpo
Técnico de Auditoria y Contabilidad, incluyendo un módulo en materia de igualdad entre
hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.
Tendrá una duración máxima de cuatro meses y medio lectivos y comenzará en el
plazo máximo de dos meses, a partir de la finalización del plazo fijado para la
presentación de la documentación requerida en la resolución por la que se publicará la
lista de aprobados de la fase de oposición, y de concurso-oposición.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo
será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas
por la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará la
imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se
perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las
vacaciones de estos funcionarios, por necesidades del servicio y de acuerdo con el
artículo 74 del Texto Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado

cve: BOE-A-2024-27420
Verificable en https://www.boe.es

6.5