Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-27132)
Orden TED/1471/2024, de 19 de diciembre, por la que se regula el procedimiento y los requisitos aplicables al concurso público para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de energía eléctrica de instalaciones de generación de electricidad de procedencia renovable en el nudo de transición justa Narcea 400 kV y se procede a su convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Jueves 26 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 180782
2.2. Formación y recualificación de residentes de municipios del anexo I.
Los compromisos relativos a la formación se contabilizarán atendiendo a las siguientes
condiciones:
•
Solo se contabilizará la formación recibida por personas residentes de los municipios
del anexo I.
•
Solo se contabilizarán los asistentes que completen las actividades de formación y
el total de horas de formación recibidas por estos.
•
No se tendrá en cuenta la formación de carácter obligatorio impuesta por la
normativa en vigor a las empresas.
a) Horas de formación: Número total de horas de formación que recibirán todos los
asistentes, atendiendo a la siguiente condición:
•
Esta cifra se calculará como la suma del total de horas de formación de todos los
cursos y ediciones multiplicada por el número de participantes en cada uno de ellos.
Unidad de medida Fórmula de cálculo
Puntuación𝑖 = 𝑃𝑚𝑎𝑥 ∗ 0,5 ∗ (1 + 𝐻
𝐻𝑖 −𝐻𝑚𝑒𝑑
𝑚𝑎𝑥 −𝐻𝑚𝑒𝑑
)
Pmax= Puntuación máxima del apartado
Hi= Número de horas/ capacidad solicitada (MW) para el solicitante
i
Hmed= Media del número de horas/ capacidad solicitada (MW) de
todos los solicitantes (n):
∑𝑛
𝑖=1 𝐻𝑖
𝑛
Hmax= Máximo número de horas/ capacidad solicitada (MW) de un
solicitantes
Puntuación máxima = 4 puntos
cve: BOE-A-2024-27132
Verificable en https://www.boe.es
𝐻𝑜𝑟𝑎𝑠
𝑀𝑊 𝑠𝑜𝑙𝑖𝑐𝑖𝑡𝑎𝑑𝑜𝑠
Núm. 311
Jueves 26 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 180782
2.2. Formación y recualificación de residentes de municipios del anexo I.
Los compromisos relativos a la formación se contabilizarán atendiendo a las siguientes
condiciones:
•
Solo se contabilizará la formación recibida por personas residentes de los municipios
del anexo I.
•
Solo se contabilizarán los asistentes que completen las actividades de formación y
el total de horas de formación recibidas por estos.
•
No se tendrá en cuenta la formación de carácter obligatorio impuesta por la
normativa en vigor a las empresas.
a) Horas de formación: Número total de horas de formación que recibirán todos los
asistentes, atendiendo a la siguiente condición:
•
Esta cifra se calculará como la suma del total de horas de formación de todos los
cursos y ediciones multiplicada por el número de participantes en cada uno de ellos.
Unidad de medida Fórmula de cálculo
Puntuación𝑖 = 𝑃𝑚𝑎𝑥 ∗ 0,5 ∗ (1 + 𝐻
𝐻𝑖 −𝐻𝑚𝑒𝑑
𝑚𝑎𝑥 −𝐻𝑚𝑒𝑑
)
Pmax= Puntuación máxima del apartado
Hi= Número de horas/ capacidad solicitada (MW) para el solicitante
i
Hmed= Media del número de horas/ capacidad solicitada (MW) de
todos los solicitantes (n):
∑𝑛
𝑖=1 𝐻𝑖
𝑛
Hmax= Máximo número de horas/ capacidad solicitada (MW) de un
solicitantes
Puntuación máxima = 4 puntos
cve: BOE-A-2024-27132
Verificable en https://www.boe.es
𝐻𝑜𝑟𝑎𝑠
𝑀𝑊 𝑠𝑜𝑙𝑖𝑐𝑖𝑡𝑎𝑑𝑜𝑠