Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-27132)
Orden TED/1471/2024, de 19 de diciembre, por la que se regula el procedimiento y los requisitos aplicables al concurso público para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de energía eléctrica de instalaciones de generación de electricidad de procedencia renovable en el nudo de transición justa Narcea 400 kV y se procede a su convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Jueves 26 de diciembre de 2024
•
Sec. III. Pág. 180779
Serán admisibles las diversas formas de contratación previstas por la legislación
laboral, así como el empleo autónomo, en aquellos supuestos que no sea posible su
inclusión en el Régimen General de cotización de la Seguridad Social y siempre que
exista dedicación exclusiva a la actividad vinculada a la instalación adjudicataria o
las actuaciones de impacto socioeconómico y ambiental asociadas.
•
No se contabilizarán en ningún caso:
-
Los contratos para la formación y el aprendizaje.
-
Los empleos vinculados a la fase de construcción y puesta en marcha de las
instalaciones de generación de electricidad o de las actuaciones de impacto
socioeconómico, si bien se aportarán dichos datos a efectos informativos en el
anexo IV.
-
Los empleos que no estén vinculados a centros de trabajo ubicados en el anexo
I (excepto, para el caso de las instalaciones de generación de electricidad, los
vinculados a centros de trabajo ubicados en el 20% de la superficie permitida en
municipios limítrofes, que sí se contabilizarán).
a) Empleos totales comprometidos: Total de empleos equivalentes vinculados tanto a la
operación y mantenimiento de las instalaciones de generación de electricidad como a
actuaciones de impacto socioeconómico y ambiental adicionales a las instalaciones de
generación de electricidad, relacionadas con el desarrollo empresarial, el sector industrial,
cve: BOE-A-2024-27132
Verificable en https://www.boe.es
agrícola o de servicios, la conservación del medioambiente o la cultura, entre otras.
Núm. 311
Jueves 26 de diciembre de 2024
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Sec. III. Pág. 180779
Serán admisibles las diversas formas de contratación previstas por la legislación
laboral, así como el empleo autónomo, en aquellos supuestos que no sea posible su
inclusión en el Régimen General de cotización de la Seguridad Social y siempre que
exista dedicación exclusiva a la actividad vinculada a la instalación adjudicataria o
las actuaciones de impacto socioeconómico y ambiental asociadas.
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No se contabilizarán en ningún caso:
-
Los contratos para la formación y el aprendizaje.
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Los empleos vinculados a la fase de construcción y puesta en marcha de las
instalaciones de generación de electricidad o de las actuaciones de impacto
socioeconómico, si bien se aportarán dichos datos a efectos informativos en el
anexo IV.
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Los empleos que no estén vinculados a centros de trabajo ubicados en el anexo
I (excepto, para el caso de las instalaciones de generación de electricidad, los
vinculados a centros de trabajo ubicados en el 20% de la superficie permitida en
municipios limítrofes, que sí se contabilizarán).
a) Empleos totales comprometidos: Total de empleos equivalentes vinculados tanto a la
operación y mantenimiento de las instalaciones de generación de electricidad como a
actuaciones de impacto socioeconómico y ambiental adicionales a las instalaciones de
generación de electricidad, relacionadas con el desarrollo empresarial, el sector industrial,
cve: BOE-A-2024-27132
Verificable en https://www.boe.es
agrícola o de servicios, la conservación del medioambiente o la cultura, entre otras.