Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos. (BOE-A-2024-26010)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170378
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, de las
cuales sólo una de ellas será correcta. Para su realización, las personas aspirantes
deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de
acuerdo con las instrucciones que se faciliten. Todas las respuestas correctas tendrán el
mismo valor de 1 puntos y las contestaciones erróneas o en blanco no penalizan.
La puntuación máxima de la prueba será de 10 puntos, siendo necesario obtener 5
puntos para superarlo. El ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, teniendo en cuenta lo
siguiente:
– Las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para superar el ejercicio
equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.
– Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones
máximas del ejercicio.
– Las puntuaciones directas mínimas no podrán ser inferiores al 30 por ciento de la
puntuación directa máxima obtenible.
2.
Fase de Concurso
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo se aplicará a quienes
hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un máximo de 40 puntos los
siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado»:
2.1
Antigüedad:
Servicios prestados como personal laboral fijo en la Administración General del
Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con
personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del
Estado, la puntuación máxima será de 30 puntos a razón de 1 punto por año completo
de servicios.
2.2
Trabajo desarrollado:
3.
Calificación final
Para los aspirantes por el sistema de cambio de régimen jurídico la calificación final
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y
en la de concurso.
La fase de oposición aportará el 60 % de la nota final, siendo necesario superar la
misma para superar el proceso selectivo. La fase de concurso se valorará con el 40 % de
cve: BOE-A-2024-26010
Verificable en https://www.boe.es
Se valorará el tiempo, como personal laboral fijo, hasta la fecha de publicación de la
convocatoria, desempeñando puestos de trabajo con funciones propias del anexo II del
IV Convenio Único, siempre y cuando los puestos en los que se han desempeñado
dichas funciones hayan quedado encuadrados en el referido anexo II, a razón de 0,21
puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 10 puntos.
Los servicios efectivos prestados en periodos de tiempo inferiores a un mes se
valorarán proporcionalmente.
La certificación de los méritos del personal laboral fijo para la fase de concurso
deberá realizarse según el modelo incluido como anexo VI a esta convocatoria.
La fase de oposición aportará el 60 % de la nota final, siendo necesario superar la
misma para superar el proceso selectivo. La fase de concurso se valorará con el 40 % de
la puntuación máxima a alcanzar y la puntuación de esta fase no podrá determinar por si
sola la superación del proceso.
La suma de las fases de oposición y concurso determinará el orden del escalafón del
proceso de cambio de régimen jurídico.
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170378
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, de las
cuales sólo una de ellas será correcta. Para su realización, las personas aspirantes
deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de
acuerdo con las instrucciones que se faciliten. Todas las respuestas correctas tendrán el
mismo valor de 1 puntos y las contestaciones erróneas o en blanco no penalizan.
La puntuación máxima de la prueba será de 10 puntos, siendo necesario obtener 5
puntos para superarlo. El ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, teniendo en cuenta lo
siguiente:
– Las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para superar el ejercicio
equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.
– Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones
máximas del ejercicio.
– Las puntuaciones directas mínimas no podrán ser inferiores al 30 por ciento de la
puntuación directa máxima obtenible.
2.
Fase de Concurso
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo se aplicará a quienes
hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un máximo de 40 puntos los
siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado»:
2.1
Antigüedad:
Servicios prestados como personal laboral fijo en la Administración General del
Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con
personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del
Estado, la puntuación máxima será de 30 puntos a razón de 1 punto por año completo
de servicios.
2.2
Trabajo desarrollado:
3.
Calificación final
Para los aspirantes por el sistema de cambio de régimen jurídico la calificación final
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y
en la de concurso.
La fase de oposición aportará el 60 % de la nota final, siendo necesario superar la
misma para superar el proceso selectivo. La fase de concurso se valorará con el 40 % de
cve: BOE-A-2024-26010
Verificable en https://www.boe.es
Se valorará el tiempo, como personal laboral fijo, hasta la fecha de publicación de la
convocatoria, desempeñando puestos de trabajo con funciones propias del anexo II del
IV Convenio Único, siempre y cuando los puestos en los que se han desempeñado
dichas funciones hayan quedado encuadrados en el referido anexo II, a razón de 0,21
puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 10 puntos.
Los servicios efectivos prestados en periodos de tiempo inferiores a un mes se
valorarán proporcionalmente.
La certificación de los méritos del personal laboral fijo para la fase de concurso
deberá realizarse según el modelo incluido como anexo VI a esta convocatoria.
La fase de oposición aportará el 60 % de la nota final, siendo necesario superar la
misma para superar el proceso selectivo. La fase de concurso se valorará con el 40 % de
la puntuación máxima a alcanzar y la puntuación de esta fase no podrá determinar por si
sola la superación del proceso.
La suma de las fases de oposición y concurso determinará el orden del escalafón del
proceso de cambio de régimen jurídico.