Ministerio de Igualdad. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-24851)
Real Decreto 1183/2024, de 28 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Instituto de las Mujeres, O.A., a diversas entidades.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288
Viernes 29 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 160632
destinará un máximo de diez ayudas en esta modalidad, es decir, hasta un máximo
de 60.000 euros.
3.º Modalidad B3: En el caso de ayuntamientos de municipios con una población
superior a 20.000 e inferior a 50.000 habitantes, la cuantía máxima de la ayuda será
de 7.500 euros. La Federación Española de Municipios y Provincias, destinará un
máximo de dos ayudas en esta modalidad, es decir, hasta un máximo de 15.000 euros.
4.
Criterios de valoración y ponderación:
Para garantizar la concurrencia competitiva en la adjudicación de la subvención, la
Federación Española de Municipios y Provincias tendrá en cuenta los siguientes
criterios, con una puntuación máxima de 10 puntos, y siendo la puntuación mínima
exigible para que el proyecto, programa o actuación pueda resultar beneficiario de las
ayudas 5 puntos.
a) Justificación de la acción: Se valorará la identificación objetiva de la necesidad y
la adecuación de los objetivos de la acción que se establecen en cada modalidad: hasta
un máximo de 3 puntos.
1.º Calidad técnica: Se valorarán los siguientes aspectos: hasta un máximo de 5
puntos Que exista coherencia y correspondencia entre los objetivos definidos, la
metodología de trabajo prevista, los medios necesarios –personales, materiales y
económicos– para la realización de las actividades del proyecto, los resultados que se
esperan de él y la política de igualdad definida por la Entidad Local. Hasta un máximo
de 3 puntos.
2.º Que prevea la evaluación de los resultados. Hasta un máximo de 1 punto.
3.º Que garantice la viabilidad social, técnica y financiera. Hasta un máximo de 1
punto.
b) Impacto: Con el fin de asegurar el máximo impacto de la actuación, tanto en
número de personas beneficiarias como en cobertura de territorio, se valorará la
identificación de grupo o grupos de personas beneficiarias de la acción o entidades y/o
empresas, si procede, y la de personas desfavorecidas. Hasta un máximo de 2 puntos.
Efectuada la valoración de los proyectos presentados, los programas que resulten
seleccionados, también deberán ser aprobados previamente por el Instituto de las
Mujeres, O.A.
TÍTULO IV
Concesión directa de una subvención del Instituto de las Mujeres, O.A., a favor de
La Fundación EOI (Escuela de Organización Industrial)
1. El objeto de la subvención es la organización y ejecución de una nueva edición
del Programa «Talentia 360. Mujeres Directivas» 2024 (en adelante, el Programa) para
impulsar la promoción profesional de las mujeres, fomentar su liderazgo, facilitar la
visibilización del talento femenino e incrementar el número de mujeres en los puestos de
toma de decisiones, tanto del sector empresarial, como de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado, en concreto, de la Policía Nacional y la Guardia Civil.
El Programa pretende contribuir a la consecución de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS), en concreto, del ODS 5, para lograr la igualdad entre los géneros y
empoderar a todas las mujeres y las niñas, y del ODS 8, para promover el crecimiento
económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo
decente para todas y todos.
2. La Fundación EOI es la entidad beneficiaria de la subvención, y será la
encargada de la organización y ejecución del Programa.
cve: BOE-A-2024-24851
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 40. Objeto y entidad beneficiaria.
Núm. 288
Viernes 29 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 160632
destinará un máximo de diez ayudas en esta modalidad, es decir, hasta un máximo
de 60.000 euros.
3.º Modalidad B3: En el caso de ayuntamientos de municipios con una población
superior a 20.000 e inferior a 50.000 habitantes, la cuantía máxima de la ayuda será
de 7.500 euros. La Federación Española de Municipios y Provincias, destinará un
máximo de dos ayudas en esta modalidad, es decir, hasta un máximo de 15.000 euros.
4.
Criterios de valoración y ponderación:
Para garantizar la concurrencia competitiva en la adjudicación de la subvención, la
Federación Española de Municipios y Provincias tendrá en cuenta los siguientes
criterios, con una puntuación máxima de 10 puntos, y siendo la puntuación mínima
exigible para que el proyecto, programa o actuación pueda resultar beneficiario de las
ayudas 5 puntos.
a) Justificación de la acción: Se valorará la identificación objetiva de la necesidad y
la adecuación de los objetivos de la acción que se establecen en cada modalidad: hasta
un máximo de 3 puntos.
1.º Calidad técnica: Se valorarán los siguientes aspectos: hasta un máximo de 5
puntos Que exista coherencia y correspondencia entre los objetivos definidos, la
metodología de trabajo prevista, los medios necesarios –personales, materiales y
económicos– para la realización de las actividades del proyecto, los resultados que se
esperan de él y la política de igualdad definida por la Entidad Local. Hasta un máximo
de 3 puntos.
2.º Que prevea la evaluación de los resultados. Hasta un máximo de 1 punto.
3.º Que garantice la viabilidad social, técnica y financiera. Hasta un máximo de 1
punto.
b) Impacto: Con el fin de asegurar el máximo impacto de la actuación, tanto en
número de personas beneficiarias como en cobertura de territorio, se valorará la
identificación de grupo o grupos de personas beneficiarias de la acción o entidades y/o
empresas, si procede, y la de personas desfavorecidas. Hasta un máximo de 2 puntos.
Efectuada la valoración de los proyectos presentados, los programas que resulten
seleccionados, también deberán ser aprobados previamente por el Instituto de las
Mujeres, O.A.
TÍTULO IV
Concesión directa de una subvención del Instituto de las Mujeres, O.A., a favor de
La Fundación EOI (Escuela de Organización Industrial)
1. El objeto de la subvención es la organización y ejecución de una nueva edición
del Programa «Talentia 360. Mujeres Directivas» 2024 (en adelante, el Programa) para
impulsar la promoción profesional de las mujeres, fomentar su liderazgo, facilitar la
visibilización del talento femenino e incrementar el número de mujeres en los puestos de
toma de decisiones, tanto del sector empresarial, como de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado, en concreto, de la Policía Nacional y la Guardia Civil.
El Programa pretende contribuir a la consecución de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS), en concreto, del ODS 5, para lograr la igualdad entre los géneros y
empoderar a todas las mujeres y las niñas, y del ODS 8, para promover el crecimiento
económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo
decente para todas y todos.
2. La Fundación EOI es la entidad beneficiaria de la subvención, y será la
encargada de la organización y ejecución del Programa.
cve: BOE-A-2024-24851
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 40. Objeto y entidad beneficiaria.