Ministerio de Cultura. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-22932)
Real Decreto 1121/2024, de 5 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a entidades e instituciones culturales singulares para actuaciones de interés público y social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268

Miércoles 6 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 141235

real decreto, concurren las razones de interés público, social, económico y cultural que
justifican la concesión directa de estas subvenciones. Asimismo, resulta indispensable
acudir al procedimiento de concesión directa de las subvenciones objeto de este real
decreto, puesto que la convocatoria pública se ve imposibilitada por el hecho de que las
actuaciones e inversiones que se van a ejecutar son de titularidad de las entidades
beneficiarias.
El adecuado funcionamiento de las entidades beneficiarias de este real decreto
incide de manera determinante en el ecosistema cultural de nuestro país. Las
subvenciones incluidas en este real decreto contribuyen a avanzar en el logro de los
objetivos de la política ejercida por el Ministerio de Cultura, alineándose de forma plena
con el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2024-2026 del Departamento,
contribuyendo así de forma clara a los objetivos de fomento cultural del Gobierno.
Artículo 2.

Régimen jurídico aplicable.

Estas subvenciones se regirán, además de por lo particularmente dispuesto en este real
decreto y en las resoluciones de concesión, por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, por el Reglamento de la citada ley, aprobado por el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y concurrencia, así como
en las demás normas de derecho administrativo que resulten de aplicación.
Artículo 3. Entidades beneficiarias, actividades subvencionables y cuantía.

1. Al Ayuntamiento de Brañosera para la celebración del 1.200 aniversario de la
Carta Puebla de Brañosera, por importe de 69.000 euros.
2. A la Asociación Española de Normalización (UNE) para el abono de la cuota del
Subcomité CTN 50/SC 1 – «Gestión y preservación de los documentos y la información
digital» y el sostenimiento del grupo de trabajo «Gestión y preservación de la información
Digital«, por importe de 14.000 euros.
3. A la Fundación Helga de Alvear para gastos de funcionamiento del Museo de
Arte Contemporáneo Helga de Alvear, por importe de 50.000 euros.
4. A la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Valladolid para gastos
de funcionamiento del Patio Herreriano Museo de Arte Contemporáneo Español, por
importe de 50.060 euros.
5. A la Fundación Antonio Pérez de Cuenca para gastos corrientes, por importe
de 15.000 euros.
6. A la Fundación MARCO de Vigo para gastos de funcionamiento, por importe
de 50.000 euros.
7. Al Ayuntamiento de Ibiza para gastos de funcionamiento del Museo Puget, por
importe de 50.000 euros.
8. A la Federación Española de Amigos de los Museos, por importe de 2.750 euros.
9. A la Real Fundación de Toledo para gastos de funcionamiento del Museo Victorio
Macho, por importe de 50.000 euros.
10. A la Fundación Torner para gastos de funcionamiento del Espacio Torner, por
importe de 50.000 euros.
11. A la Fundación Arte y Pensamiento Martín Chirino para gastos de
funcionamiento y actividades, por importe de 50.000 euros.
12. Al Ayuntamiento de Toledo para la recuperación y musealización del yacimiento
arqueológico de la Vega Baja, por importe de 400.000 euros.
13. A Hispania Nostra para el desarrollo de sus actividades, por un importe
de 65.000 euros.
14. A la Asociación Urbs Regia para actividades culturales, por un importe
de 15.000 euros.

cve: BOE-A-2024-22932
Verificable en https://www.boe.es

Serán beneficiarias de las subvenciones las siguientes entidades, con la cuantía y
destino que se indica en cada caso: