Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-22778)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Cangas de Onís.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 140368
Cláusula transitoria.
Para la ejecución de las tareas contempladas en el presente convenio, la entidad
local deberá emplear las aplicaciones, formatos y sistemas de comunicaciones que al
efecto establezca la Dirección General del Catastro, y acceder a través de los
correspondientes programas y líneas de comunicaciones, cuya instalación y
mantenimiento será por cuenta de dicha entidad colaboradora.
Cláusula adicional.
Con carácter complementario a las obligaciones establecidas en el presente
convenio, el Ayuntamiento se compromete a entregar a la Gerencia, a efectos
estadísticos, los datos resultantes de la gestión tributaria del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles y los establecidos en el artículo 69 del Real Decreto 417/2006.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, las partes
deberán hacer pública la relación de los convenios suscritos y encomiendas de gestión,
en los términos y condiciones indicados por la ley.
cve: BOE-A-2024-22778
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente convenio en duplicado ejemplar
en el lugar y fecha anteriormente indicados.–El Director General del Catastro, Fernando
de Aragón Amunárriz.–El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cangas de Onís, José
Manuel González Castro.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 140368
Cláusula transitoria.
Para la ejecución de las tareas contempladas en el presente convenio, la entidad
local deberá emplear las aplicaciones, formatos y sistemas de comunicaciones que al
efecto establezca la Dirección General del Catastro, y acceder a través de los
correspondientes programas y líneas de comunicaciones, cuya instalación y
mantenimiento será por cuenta de dicha entidad colaboradora.
Cláusula adicional.
Con carácter complementario a las obligaciones establecidas en el presente
convenio, el Ayuntamiento se compromete a entregar a la Gerencia, a efectos
estadísticos, los datos resultantes de la gestión tributaria del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles y los establecidos en el artículo 69 del Real Decreto 417/2006.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, las partes
deberán hacer pública la relación de los convenios suscritos y encomiendas de gestión,
en los términos y condiciones indicados por la ley.
cve: BOE-A-2024-22778
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente convenio en duplicado ejemplar
en el lugar y fecha anteriormente indicados.–El Director General del Catastro, Fernando
de Aragón Amunárriz.–El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cangas de Onís, José
Manuel González Castro.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X