III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2024-21815)
Orden TED/1148/2024, de 18 de octubre, por la que se modifica la Orden TED/918/2023, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas por concurrencia competitiva para la elaboración de proyectos de digitalización de comunidades de usuarios de agua para regadío en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PERTE digitalización del ciclo del agua), y se aprueba la convocatoria del año 2023; y por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones (2024).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 136104

Requisitos de la solución.
La aplicación para la tramitación electrónica deberá incluir, al menos, la posibilidad de hacer:
– Solicitudes online y consulta de solicitudes realizadas.
– Publicación y consulta de información.
– Consulta del estado de expedientes y descarga de documentos.
– Recepción de notificaciones telemáticas.
– Firma de documentación a través de la propia aplicación.
Para ello, la plataforma interna deberá, al menos, cumplir con el requisito de tener los siguientes módulos/capacidades:
– Módulo de registro de entrada/salida, módulo de consultas y el buzón de registro.
– Módulo para la tramitación electrónica de expedientes y módulo para compartir documentos con terceros.
– Firma digital y módulo para la realización de notificaciones digitales.
Del mismo modo, se deberá elaborar, mejorar o evolucionar un portal web ya existente, de manera que el portal web final deberá cumplir con los
siguientes requisitos mínimos:
– Dominio y alojamiento: titularidad de la entidad beneficiaria. En el caso de agrupaciones, cada integrante de la misma tendrá su propia página
web.
– Diseño de la página web: estructura web con un mínimo de 3 páginas o apartados: página de inicio con información sobre la comunidad de
usuarios, acceso a la tramitación electrónica, formulario de contacto, acceso a los valores de usos del agua, datos estadísticos sobre usos del agua
y elementos cartográficos de la entidad beneficiaria.
– La página web diseñada debe adaptarse para ser funcional en todo tipo de dispositivos y en especial para los teléfonos móviles.
– Se deberá proveer una plataforma de gestión de contenidos para el beneficiario, de manera que sea autónomo a la hora de modificar el contenido
de sus páginas web, sin la necesidad de recurrir al soporte de la empresa proveedora.
Solución digital B. Creación de inventarios y servicios web de sistemas de información geográfica e identificación catastral del parcelario agrícola y
red de riego.
Objetivo y descripción de la solución digital: la disposición de un registro de las parcelas y del censo y padrón de regantes es esencial dentro de las
comunidades de usuarios, así como la cartografía asociada a las principales conducciones e infraestructuras de riego asociadas. Disponer de toda
la información actualizada e incluida en una aplicación digital basada en sistemas de información geográfica (SIG), conectada y actualizada
conforme a la identificación catastral de todas sus parcelas y su mantenimiento y consulta a través de un formato SIG interoperable es clave en el
proceso digitalizador del sector del regadío, siendo éste el objetivo principal de esta solución.
Esta solución consistirá precisamente en la implantación de una herramienta SIG en la que se recoja la información básica de las parcelas del
elenco de regantes que sirva como soporte para:
– Mantener actualizada la información esencial como el censo y padrón de regantes y el censo de parcelas.
– Servir de apoyo a las labores de cartografiado de las principales conducciones e infraestructuras de riego asociadas.
– Servir como herramienta colaborativa que permita a los asociados a la comunidad de usuarios o al personal de campo realizar consultas y
planificar actividades en equipo.
Carácter: opcional.
Coste máximo subvencionable por comunidad de usuarios.
La financiación de esta solución estará compuesta por una parte fija por comunidad de usuarios y una parte variable que aumentará en función de
la superficie regable de acuerdo con lo establecido en la siguiente tabla:

Subvención para digitalización de la cartografía

Importe máximo de la subvención.

Subvención fija
(€ por cada comunidad de usuarios)

Variable
(€/ha)

5.000

5

El coste máximo subvencionable de esta solución no podrá superar los 500.000 euros por comunidad de usuarios.
La superficie regable a considerar es aquella justificada conforme al artículo 8, apartado 6.c del artículo segundo de la presente orden, que será la
que figure en el/los títulos habilitantes a nombre de la entidad solicitante o en el caso de CUAS a nombre de sus integrantes.
En el caso de agrupaciones que incluyan una asociación/federación (o agrupación constituida de acuerdo con el artículo 26 de la Ley 12/1990) de
acuerdo al apartado e) del artículo 6 de la Orden TED/918/2023, de 21 de julio, modificado por el artículo primero de la presente orden, el cálculo
del coste máximo subvencionable se hará en función del número de comunidades de usuarios y de la superficie regable del resto de miembros de la
agrupación. Es decir, la asociación/federación (o agrupación constituida de acuerdo con el artículo 26 de la Ley 12/1990) no será en ningún caso
considerada comunidad de usuario ni tendrá superficie regable asociada.
Para el cálculo de la financiación de una agrupación, hay que sumar los costes máximos subvencionables de las distintas entidades que lo
conforman.
Este coste máximo subvencionable se distribuye entre las entidades según el Acuerdo de agrupación.

cve: BOE-A-2024-21815
Verificable en https://www.boe.es

Superficie regable de la comunidad de usuarios