I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2024-17782)
Real Decreto 872/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la empresa Cobra Solutions, S.L.U., para la ejecución del proyecto Green Cobra, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214
Miércoles 4 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 110936
ANEXO III
Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) del beneficiario
D/D.ª ….……………………………………………………………………………………….
con DNI/NIE ………………………………………………………………………………….
representante legal de la entidad ………………………………………………………….
con NIF ……………………………………………………………………………………….
y domicilio fiscal en ………………………………………………………………………….
provincia de ………………………………………………………………………………….
calle …………………………………………………………………………………………….
que participa como beneficiario de la subvención convocada por el Real
Decreto 872/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una
subvención a la empresa Cobra Solutions, SLU, para la ejecución del proyecto Green
Cobra, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el
desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el
Componente 12 «Política Industrial España 2030»,
DECLARA
Primero.
Estar informado de la normativa aplicable a los fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y específicamente de que el artículo 61.3 «Conflicto de
intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá
conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea
comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés
económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal.»
Segundo.
Que la empresa que representa no se encuentra incursa en ninguna situación que
pueda calificarse de conflicto de intereses de las indicadas en el artículo 61.3 del
Reglamento Financiero de la UE que pueda afectar al procedimiento de concesión.
Tercero.
Que se compromete a poner en conocimiento del órgano concedente, sin dilación,
cualquier situación de conflicto de intereses que dé o pudiera dar lugar a dicho
escenario.
Cuarto.
cve: BOE-A-2024-17782
Verificable en https://www.boe.es
Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se
demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias administrativas o judiciales que
establezca la normativa de aplicación.
Núm. 214
Miércoles 4 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 110936
ANEXO III
Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) del beneficiario
D/D.ª ….……………………………………………………………………………………….
con DNI/NIE ………………………………………………………………………………….
representante legal de la entidad ………………………………………………………….
con NIF ……………………………………………………………………………………….
y domicilio fiscal en ………………………………………………………………………….
provincia de ………………………………………………………………………………….
calle …………………………………………………………………………………………….
que participa como beneficiario de la subvención convocada por el Real
Decreto 872/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una
subvención a la empresa Cobra Solutions, SLU, para la ejecución del proyecto Green
Cobra, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el
desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el
Componente 12 «Política Industrial España 2030»,
DECLARA
Primero.
Estar informado de la normativa aplicable a los fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y específicamente de que el artículo 61.3 «Conflicto de
intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá
conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea
comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés
económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal.»
Segundo.
Que la empresa que representa no se encuentra incursa en ninguna situación que
pueda calificarse de conflicto de intereses de las indicadas en el artículo 61.3 del
Reglamento Financiero de la UE que pueda afectar al procedimiento de concesión.
Tercero.
Que se compromete a poner en conocimiento del órgano concedente, sin dilación,
cualquier situación de conflicto de intereses que dé o pudiera dar lugar a dicho
escenario.
Cuarto.
cve: BOE-A-2024-17782
Verificable en https://www.boe.es
Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se
demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias administrativas o judiciales que
establezca la normativa de aplicación.