III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2024-15689)
Orden TED/801/2024, de 26 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias del Programa de incentivos para proyectos de producción y consumo de hidrógeno renovable (clústeres o valles), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Martes 30 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97239
5. Para que los gastos puedan ser considerados subvencionables deben cumplirse
los siguientes requisitos:
a) Ser reales y abonados efectivamente con anterioridad a la conclusión del plazo
de justificación establecido. Cuando se utilicen medios de pago diferido (entre otros:
cheque, pagaré, letra de cambio aceptada) solo se subvencionarán aquellos importes
efectivamente cargados en cuenta a través de entidad financiera con anterioridad a la
finalización del plazo citado.
b) Existir constancia documental de los mismos y ser verificables.
c) Estar relacionados de manera indubitada con la actividad a desarrollar y ser
necesarios para la ejecución de las correspondientes actuaciones.
d) Cumplir la normativa local, autonómica, nacional y de la Unión Europea
aplicable.
e) Para beneficiarios de naturaleza jurídica pública, responder a un contrato o
contratos formalizados para llevar a cabo la actuación, de acuerdo con alguna de las
tipologías previstas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, entre la entidad beneficiaria y la empresa o empresas que participen en la
ejecución de las actuaciones, o a un encargo a un medio propio de las entidades o
administraciones que realicen el proyecto.
6.
Se podrán considerar como gastos subvencionables los siguientes:
a) Obra civil: inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con
exclusión expresa de terrenos. Será subvencionable el coste del desmantelamiento de
instalaciones existentes en el emplazamiento, en el caso de que aplique, para llevar a
cabo el proyecto objeto de ayuda.
b) Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales
vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto incluyendo los ductos y
canalizaciones que conecten la producción con los puntos de transformación o consumo.
c) Activos inmateriales: inversiones en activos inmateriales vinculados a la
transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias,
conocimientos técnicos u otra propiedad intelectual.
Los activos inmateriales deberán:
d) Transporte y montaje, puesta en marcha, controles de calidad y ensayos de las
instalaciones.
e) Elaboración del proyecto de ejecución.
f) Dirección facultativa de obra.
g) Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje.
h) Ensayos, estudios y pruebas necesarias para la elaboración del proyecto y
dimensionamiento de la instalación si están directamente relacionados con la actividad
subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la
misma.
i) Costes de gestión de la solicitud de la ayuda, incluida la redacción de informes y
demás documentación requerida para la solicitud. A estos efectos, se considerarán como
costes de gestión de solicitud de la ayuda, aquellos gastos que el solicitante o
beneficiario de la ayuda pudiera satisfacer a una empresa o profesional por llevar a cabo
cve: BOE-A-2024-15689
Verificable en https://www.boe.es
1.º Permanecer asociados a la zona pertinente y no transferirse a otras zonas;
2.º Utilizarse principalmente en la instalación de producción pertinente beneficiaria
de la ayuda;
3.º Ser amortizables;
4.º Adquirirse en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el
comprador;
5.º Incluirse en los activos de la empresa beneficiaria, y permanecer asociados al
proyecto para el que se concede la ayuda durante al menos cinco años (o tres años en el
caso de las pymes).
Núm. 183
Martes 30 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97239
5. Para que los gastos puedan ser considerados subvencionables deben cumplirse
los siguientes requisitos:
a) Ser reales y abonados efectivamente con anterioridad a la conclusión del plazo
de justificación establecido. Cuando se utilicen medios de pago diferido (entre otros:
cheque, pagaré, letra de cambio aceptada) solo se subvencionarán aquellos importes
efectivamente cargados en cuenta a través de entidad financiera con anterioridad a la
finalización del plazo citado.
b) Existir constancia documental de los mismos y ser verificables.
c) Estar relacionados de manera indubitada con la actividad a desarrollar y ser
necesarios para la ejecución de las correspondientes actuaciones.
d) Cumplir la normativa local, autonómica, nacional y de la Unión Europea
aplicable.
e) Para beneficiarios de naturaleza jurídica pública, responder a un contrato o
contratos formalizados para llevar a cabo la actuación, de acuerdo con alguna de las
tipologías previstas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, entre la entidad beneficiaria y la empresa o empresas que participen en la
ejecución de las actuaciones, o a un encargo a un medio propio de las entidades o
administraciones que realicen el proyecto.
6.
Se podrán considerar como gastos subvencionables los siguientes:
a) Obra civil: inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con
exclusión expresa de terrenos. Será subvencionable el coste del desmantelamiento de
instalaciones existentes en el emplazamiento, en el caso de que aplique, para llevar a
cabo el proyecto objeto de ayuda.
b) Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales
vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto incluyendo los ductos y
canalizaciones que conecten la producción con los puntos de transformación o consumo.
c) Activos inmateriales: inversiones en activos inmateriales vinculados a la
transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias,
conocimientos técnicos u otra propiedad intelectual.
Los activos inmateriales deberán:
d) Transporte y montaje, puesta en marcha, controles de calidad y ensayos de las
instalaciones.
e) Elaboración del proyecto de ejecución.
f) Dirección facultativa de obra.
g) Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje.
h) Ensayos, estudios y pruebas necesarias para la elaboración del proyecto y
dimensionamiento de la instalación si están directamente relacionados con la actividad
subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la
misma.
i) Costes de gestión de la solicitud de la ayuda, incluida la redacción de informes y
demás documentación requerida para la solicitud. A estos efectos, se considerarán como
costes de gestión de solicitud de la ayuda, aquellos gastos que el solicitante o
beneficiario de la ayuda pudiera satisfacer a una empresa o profesional por llevar a cabo
cve: BOE-A-2024-15689
Verificable en https://www.boe.es
1.º Permanecer asociados a la zona pertinente y no transferirse a otras zonas;
2.º Utilizarse principalmente en la instalación de producción pertinente beneficiaria
de la ayuda;
3.º Ser amortizables;
4.º Adquirirse en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el
comprador;
5.º Incluirse en los activos de la empresa beneficiaria, y permanecer asociados al
proyecto para el que se concede la ayuda durante al menos cinco años (o tres años en el
caso de las pymes).