II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-10368)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Media de Informática.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 58758
dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de
octubre.
En el caso de titulaciones obtenidas en extranjero se tendrá que estar en posesión
de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no será aplicable a las personas que habían
obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.5 Habilitación: la persona interesada no podrá haber sido separada mediante
expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de
los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de personal funcionario, ni tener
la condición de personal funcionario de carrera en la misma escala a la que se presenta.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación
equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2.6 Acreditar conocimientos de valenciano de nivel C1.
2.7 Las condiciones para la admisión a estas pruebas tienen que reunirse en el
momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante
todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como personal
funcionario de carrera.
2.8 La administración podrá requerir a las personas interesadas que acreditan la
veracidad de los requisitos exigidos para participar, así como de todos los documentos
que puedan aportar en este proceso selectivo. Si los requisitos no fueran acreditados en
el plazo de diez días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento, podrán quedar
excluidas del proceso selectivo.
Tercera. Aspirantes con diversidad funcional.
3.1 El órgano técnico de selección establecerá, para las personas con diversidad
funcional que así lo soliciten, las adaptaciones necesarias para la realización de las
pruebas. A tal efecto, las personas interesadas deberán formular la petición
correspondiente en la solicitud de participación en el presente concurso oposición.
3.2 Si en el desarrollo del proceso selectivo se suscitaran dudas razonables al
órgano técnico de selección respecto a la compatibilidad funcional de una persona
admitida, podrá obtener el correspondiente informe de la Oficina de Prevención,
Promoción de la Salud y Medio Ambiente, y en este caso la persona admitida
inicialmente podrá participar condicionalmente en el proceso selectivo, y quedará en
suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso selectivo
hasta la recepción del dictamen.
Forma y plazo de presentación de solicitudes.
4.1 El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles contados a
partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado» (BOE). La publicación de la convocatoria en el «Diari Oficial de la Generalitat
Valenciana» (DOGV) tendrá únicamente carácter informativo.
Las solicitudes tienen que presentarse por vía electrónica. El tratamiento de la
información por medios electrónicos tendrá en cuenta lo establecido en La Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los
derechos digitales y las otras disposiciones que sean aplicables.
Para presentar la solicitud por vía electrónica es necesario poseer un certificado
digital de firma electrónica o el DNI electrónico. Cuando se utilice la opción de «Registrar
cuenta con usuario» se tiene que adjuntar una copia del DNI. La solicitud se tiene que
cve: BOE-A-2024-10368
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 58758
dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de
octubre.
En el caso de titulaciones obtenidas en extranjero se tendrá que estar en posesión
de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no será aplicable a las personas que habían
obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.5 Habilitación: la persona interesada no podrá haber sido separada mediante
expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de
los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de personal funcionario, ni tener
la condición de personal funcionario de carrera en la misma escala a la que se presenta.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación
equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2.6 Acreditar conocimientos de valenciano de nivel C1.
2.7 Las condiciones para la admisión a estas pruebas tienen que reunirse en el
momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante
todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como personal
funcionario de carrera.
2.8 La administración podrá requerir a las personas interesadas que acreditan la
veracidad de los requisitos exigidos para participar, así como de todos los documentos
que puedan aportar en este proceso selectivo. Si los requisitos no fueran acreditados en
el plazo de diez días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento, podrán quedar
excluidas del proceso selectivo.
Tercera. Aspirantes con diversidad funcional.
3.1 El órgano técnico de selección establecerá, para las personas con diversidad
funcional que así lo soliciten, las adaptaciones necesarias para la realización de las
pruebas. A tal efecto, las personas interesadas deberán formular la petición
correspondiente en la solicitud de participación en el presente concurso oposición.
3.2 Si en el desarrollo del proceso selectivo se suscitaran dudas razonables al
órgano técnico de selección respecto a la compatibilidad funcional de una persona
admitida, podrá obtener el correspondiente informe de la Oficina de Prevención,
Promoción de la Salud y Medio Ambiente, y en este caso la persona admitida
inicialmente podrá participar condicionalmente en el proceso selectivo, y quedará en
suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso selectivo
hasta la recepción del dictamen.
Forma y plazo de presentación de solicitudes.
4.1 El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles contados a
partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado» (BOE). La publicación de la convocatoria en el «Diari Oficial de la Generalitat
Valenciana» (DOGV) tendrá únicamente carácter informativo.
Las solicitudes tienen que presentarse por vía electrónica. El tratamiento de la
información por medios electrónicos tendrá en cuenta lo establecido en La Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los
derechos digitales y las otras disposiciones que sean aplicables.
Para presentar la solicitud por vía electrónica es necesario poseer un certificado
digital de firma electrónica o el DNI electrónico. Cuando se utilice la opción de «Registrar
cuenta con usuario» se tiene que adjuntar una copia del DNI. La solicitud se tiene que
cve: BOE-A-2024-10368
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.