III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-10369)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica la Adenda de modificación y segunda prórroga del Convenio con la Universidad de A Coruña, para la gestión, apoyo técnico y capacitación en el ámbito de la planificación del saneamiento y drenaje sostenible en el Estado Plurinacional de Bolivia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58768
normativa que les resulta de aplicación para suscribir la presente adenda modificativa y
acuerdo de prórroga de convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 9 de marzo de 2021, se suscribió un Convenio entre la AECID y la
UDC, para la gestión, apoyo técnico y capacitación en el ámbito de la planificación del
saneamiento y drenaje sostenible en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Segundo.
Que la cláusula sexta del convenio relativa a la modificación y extinción del convenio
recoge expresamente la posibilidad de modificación del convenio, estableciendo que las
disposiciones del convenio podrán ser parcial o totalmente modificadas por acuerdo
expreso de las partes, para la mejor eficiencia y eficacia de su finalidad, previo
cumplimiento de los requisitos formales y legales necesarios para ello.
Tercero.
Que la cláusula séptima del mencionado convenio relativa a la vigencia establece
que el mencionado convenio se extenderá por un período de un año una vez realizada
su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal y publicación en el BOE, la cual tuvo lugar
el 25 de marzo de 2021. Además, establece esta cláusula, que en cualquier momento
antes de la finalización del plazo de vigencia, por acuerdo unánime de los firmantes, se
podrá acordar su prórroga de manera expresa y por escrito, por el periodo que se
convenga entre ambas partes, hasta un máximo de cuatro años de duración o su
extinción.
Cuarto.
Que con fecha de 24 de marzo de 2022, se firmó la primera adenda de prórroga y
modificación del convenio, a través de la cual se prorrogó el mismo por dos años. De
acuerdo a lo establecido en la cláusula de la mencionada adenda, esta primera prórroga
inició el 25 de marzo 2022, y se extiende hasta el 24 de marzo de 2024, siendo eficaz
tras la inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO), la cual se produjo en fecha de 25 de
marzo de 2022.
Quinto.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga del
convenio que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.
Plazo.
Prorrogar por un año el Convenio entre la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo y la Universidade da Coruña, para la gestión, apoyo
cve: BOE-A-2024-10369
Verificable en https://www.boe.es
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda ha sido informada
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda.
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58768
normativa que les resulta de aplicación para suscribir la presente adenda modificativa y
acuerdo de prórroga de convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 9 de marzo de 2021, se suscribió un Convenio entre la AECID y la
UDC, para la gestión, apoyo técnico y capacitación en el ámbito de la planificación del
saneamiento y drenaje sostenible en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Segundo.
Que la cláusula sexta del convenio relativa a la modificación y extinción del convenio
recoge expresamente la posibilidad de modificación del convenio, estableciendo que las
disposiciones del convenio podrán ser parcial o totalmente modificadas por acuerdo
expreso de las partes, para la mejor eficiencia y eficacia de su finalidad, previo
cumplimiento de los requisitos formales y legales necesarios para ello.
Tercero.
Que la cláusula séptima del mencionado convenio relativa a la vigencia establece
que el mencionado convenio se extenderá por un período de un año una vez realizada
su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal y publicación en el BOE, la cual tuvo lugar
el 25 de marzo de 2021. Además, establece esta cláusula, que en cualquier momento
antes de la finalización del plazo de vigencia, por acuerdo unánime de los firmantes, se
podrá acordar su prórroga de manera expresa y por escrito, por el periodo que se
convenga entre ambas partes, hasta un máximo de cuatro años de duración o su
extinción.
Cuarto.
Que con fecha de 24 de marzo de 2022, se firmó la primera adenda de prórroga y
modificación del convenio, a través de la cual se prorrogó el mismo por dos años. De
acuerdo a lo establecido en la cláusula de la mencionada adenda, esta primera prórroga
inició el 25 de marzo 2022, y se extiende hasta el 24 de marzo de 2024, siendo eficaz
tras la inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO), la cual se produjo en fecha de 25 de
marzo de 2022.
Quinto.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga del
convenio que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.
Plazo.
Prorrogar por un año el Convenio entre la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo y la Universidade da Coruña, para la gestión, apoyo
cve: BOE-A-2024-10369
Verificable en https://www.boe.es
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda ha sido informada
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda.