III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-10145)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Líneas de evacuación de las plantas solares fotovoltaicas V Solar I y Carolina Solar PV, LASAT SET V Solar I-SET Torrecilla (REE) y LASAT SET Carolina Solar-SET Vallecas (REE)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Lunes 20 de mayo de 2024

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contaminadas, que se gestionarán mediante gestor autorizado y se almacenarán de
forma separada con todos los permisos necesarios.
La Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid considera
insuficiente la respuesta es suficiente, mientras que la Dirección General de Transportes
y Movilidad de la Comunidad de Madrid informa que no ha identificado afecciones.
Respecto a los servicios afectados, el proyecto afecta a infraestructuras adscritas al
Canal de Isabel II SAMP de abastecimiento, arterias Rivas del Jarama, derivación a Rivas,
Arganda del Rey-puerta de la de Dehesa y Parque Warner y agua regenerada, tubería de
aducción, así como, a determinados expedientes de expropiación forzosa. El proyecto
deberá garantizar la indemnidad de las infraestructuras del Canal de Isabel II, obteniendo la
conformidad técnica de esta empresa pública para la ejecución de las obras proyectadas,
de tal manera que se eviten posibles roturas o afecciones sobre las mismas. La ocupación
de los terrenos demaniales del Canal de Isabel II deberá ser legitimada previamente
mediante alguna de las figuras previstas en la legislación del patrimonio de las
Administraciones Públicas de forma que la solución constructiva resuelva los posibles
cruzamientos y paralelismos con las infraestructuras que gestiona ese organismo
garantizando en todo caso su indemnidad. Para los trazados de las infraestructuras de
abastecimiento que no discurran por vías pecuarias, deberá incorporar la determinación
expresa de que las actuaciones proyectadas respetarán la regulación relativa a las Bandas
de Infraestructuras de Agua (BIA) y las Franjas de Protección (FP) recogidas en el punto 8
del apartado V de las Normas para redes de Abastecimiento de Agua del Canal de Isabel II
Versión 4 de 2021, vigente desde el 22 de enero de 2022.
Por su parte, la Dirección General de Protección Civil de la Comunidad de Madrid informa
en relación a las subestaciones eléctricas de transformación que, de acuerdo con el Real
Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de
Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que
puedan dar origen a situaciones de emergencia, «las instalaciones de generación y
transformación de energía eléctrica en alta tensión» deben contar con un plan de
autoprotección redactado conforme a esta Norma, que deberá inscribirse en el Registro de
datos de Planes de Autoprotección de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto
en el Decreto 74/2017, de 29 de agosto, por el que se crea y regula su funcionamiento.
La Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Ayuntamiento de
Madrid solicita medidas para evitar o minimizar la emisión de gases producto de la
combustión, partículas, y otros contaminantes a la atmósfera, recogidas en los
artículos 34, 35, 36 y 37 de la Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad (OCAS) y
medidas para minimizar las molestias por ruidos recogidas en el artículo 42 de la
Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT), en lo
que respecta a horarios de trabajo y el cumplimiento del Real Decreto 212/2002, de 22
de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno, debidas a
determinadas máquinas de uso al aire. Para ello se aportará el Plan de Obras cuando se
proceda a solicitar las correspondientes licencias urbanísticas de obras y autorizaciones
pertinentes.

El promotor indica que las afecciones se producirán, fundamentalmente, en fase de
construcción, por desbroces y movimientos de tierras asociados al acondicionamiento
del terreno y a la retirada de tierras en las zonas de ubicación de las torres de alta
tensión. Asimismo, la circulación de vehículos y la presencia de personal pueden
provocar la destrucción de la estructura de la capa superficial del suelo, facilitándose
procesos erosivos o derrames accidentales de sustancias peligrosas. La superficie total
excavada por la ejecución de los apoyos (59 apoyos desde apoyo 100’ hasta SET
Vallecas) bajo el tendido eléctrico, teniendo en cuenta la longitud total de la línea
eléctrica de evacuación para ese mismo tramo, 37,5 km, que comprende tramos aéreos
y soterrados, considerando una distancia de 2,5 m a cada lado del tendido eléctrico,
resulta en una superficie de aproximadamente 93.800 m2.

cve: BOE-A-2024-10145
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