II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-10123)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de mayo de 2024
6.
Sec. II.B. Pág. 57397
Comisiones de selección
6.1 La composición de las Comisiones de selección son las que figuran en el
anexo II de esta convocatoria. El nombramiento de las personas que las integran será
efectivo mediante la publicación en el BOE de la presente convocatoria. De acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, la actuación de los suplentes no requerirá publicación adicional.
6.2 El régimen de constitución y actuación de las Comisiones será conforme a lo
dispuesto en la Normativa UC3M ACG 12 de febrero de 2024, y en las Directrices de
aplicación en los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios
aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UC3M en sesión de 12 de febrero de 2024.
6.3 Las Comisiones deberán constituirse en el plazo de los dos meses siguientes a
la publicación de la convocatoria en el BOE. El Presidente/a convocará a los titulares y,
en su caso, a los suplentes para proceder al acto de constitución de las mismas, fijando
lugar, fecha y hora. En este acto, la Comisión establecerá los criterios de evaluación de
los candidatos que deberán de estar de acuerdo con los criterios publicados en la
convocatoria, haciéndolos públicos antes del acto de presentación.
6.4 Los curricula de los miembros de las Comisiones serán publicados en la página
de la Universidad Carlos III de Madrid, en la dirección web indicada en la base 5 de esta
convocatoria.
7. Criterios generales de evaluación
Entre los criterios para
necesariamente los siguientes:
la
resolución
de
los
concursos
deberán
figurar
a) Adecuación del currículum del aspirante al área de conocimiento.
b) El historial académico docente e investigador y el proyecto docente, referido a
alguna de las asignaturas obligatorias de los planes de estudio de la Universidad
Carlos III correspondientes al área de conocimiento, así como el proyecto investigador.
c) Los que rijan con carácter general para las convocatorias de plazas de las áreas
correspondientes a cada Departamento, aprobadas por el Consejo de Gobierno a
propuesta del Rector (anexo III).
En el acto de constitución de los concursos, las Comisiones de selección
establecerán pormenorizadamente los criterios de evaluación de los aspirantes, que
deberán estar de acuerdo con los criterios generales publicados en la convocatoria,
haciéndolos públicos antes del acto de presentación. La valoración de estos criterios de
evaluación deberá realizarse sobre 100 puntos y deberá estar de acuerdo con los
esquemas de puntuación establecidos en la base 9. «Celebración de las pruebas». De
acuerdo con el principio de proporcionalidad, la puntuación máxima establecida para un
criterio por la Comisión deberá permitir reflejar de forma completa los méritos de los
aspirantes, por lo que no se podrán establecer umbrales que impidan la valoración de
todos los méritos presentados. La descalificación o ausencia de méritos en un criterio no
debe afectar a la valoración que merezcan los restantes.
8.
Acto de presentación
8.1 El Presidente/a de cada Comisión convocará a todos los aspirantes admitidos
en el plazo máximo de quince días naturales desde la constitución para realizar el acto
de presentación, indicando lugar, fecha y hora de celebración.
Dicha convocatoria deberá ser notificada con una antelación mínima de diez días
naturales con respecto a la fecha del acto para el que son convocados.
8.2 En el acto de presentación, la Comisión:
a) Fijará la lista definitiva de participantes a partir de los concurrentes al acto que
hayan aportado en regla la documentación preceptiva.
cve: BOE-A-2024-10123
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 122
Lunes 20 de mayo de 2024
6.
Sec. II.B. Pág. 57397
Comisiones de selección
6.1 La composición de las Comisiones de selección son las que figuran en el
anexo II de esta convocatoria. El nombramiento de las personas que las integran será
efectivo mediante la publicación en el BOE de la presente convocatoria. De acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, la actuación de los suplentes no requerirá publicación adicional.
6.2 El régimen de constitución y actuación de las Comisiones será conforme a lo
dispuesto en la Normativa UC3M ACG 12 de febrero de 2024, y en las Directrices de
aplicación en los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios
aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UC3M en sesión de 12 de febrero de 2024.
6.3 Las Comisiones deberán constituirse en el plazo de los dos meses siguientes a
la publicación de la convocatoria en el BOE. El Presidente/a convocará a los titulares y,
en su caso, a los suplentes para proceder al acto de constitución de las mismas, fijando
lugar, fecha y hora. En este acto, la Comisión establecerá los criterios de evaluación de
los candidatos que deberán de estar de acuerdo con los criterios publicados en la
convocatoria, haciéndolos públicos antes del acto de presentación.
6.4 Los curricula de los miembros de las Comisiones serán publicados en la página
de la Universidad Carlos III de Madrid, en la dirección web indicada en la base 5 de esta
convocatoria.
7. Criterios generales de evaluación
Entre los criterios para
necesariamente los siguientes:
la
resolución
de
los
concursos
deberán
figurar
a) Adecuación del currículum del aspirante al área de conocimiento.
b) El historial académico docente e investigador y el proyecto docente, referido a
alguna de las asignaturas obligatorias de los planes de estudio de la Universidad
Carlos III correspondientes al área de conocimiento, así como el proyecto investigador.
c) Los que rijan con carácter general para las convocatorias de plazas de las áreas
correspondientes a cada Departamento, aprobadas por el Consejo de Gobierno a
propuesta del Rector (anexo III).
En el acto de constitución de los concursos, las Comisiones de selección
establecerán pormenorizadamente los criterios de evaluación de los aspirantes, que
deberán estar de acuerdo con los criterios generales publicados en la convocatoria,
haciéndolos públicos antes del acto de presentación. La valoración de estos criterios de
evaluación deberá realizarse sobre 100 puntos y deberá estar de acuerdo con los
esquemas de puntuación establecidos en la base 9. «Celebración de las pruebas». De
acuerdo con el principio de proporcionalidad, la puntuación máxima establecida para un
criterio por la Comisión deberá permitir reflejar de forma completa los méritos de los
aspirantes, por lo que no se podrán establecer umbrales que impidan la valoración de
todos los méritos presentados. La descalificación o ausencia de méritos en un criterio no
debe afectar a la valoración que merezcan los restantes.
8.
Acto de presentación
8.1 El Presidente/a de cada Comisión convocará a todos los aspirantes admitidos
en el plazo máximo de quince días naturales desde la constitución para realizar el acto
de presentación, indicando lugar, fecha y hora de celebración.
Dicha convocatoria deberá ser notificada con una antelación mínima de diez días
naturales con respecto a la fecha del acto para el que son convocados.
8.2 En el acto de presentación, la Comisión:
a) Fijará la lista definitiva de participantes a partir de los concurrentes al acto que
hayan aportado en regla la documentación preceptiva.
cve: BOE-A-2024-10123
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 122