III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Premios. (BOE-A-2024-10147)
Orden CNU/474/2024, de 13 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Investigación y los Premios Nacionales de Investigación para Jóvenes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122
Lunes 20 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 57658
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos
o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Artículo 17.
Confidencialidad de la información.
La información sobre personas tanto físicas como jurídicas, que haya sido obtenida
durante el procedimiento de instrucción, será considerada de exclusiva propiedad de
estas personas y será tratada como confidencial a todos los efectos, pudiendo
únicamente hacerse pública previa autorización de sus propietarios, de acuerdo con el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, RGPD), y a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Queda derogada la Orden CIN/471/2022, de 13 de mayo, por la que se aprueban las
bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Investigación y los
Premios Nacionales de Investigación para Jóvenes, y cuantas normas de igual o inferior
rango se opongan a lo establecido en la presente orden.
Disposición final primera.
Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.15.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en el fomento y
coordinación general de la investigación científica y técnica.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-10147
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 13 de mayo de 2024.–La Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades,
Diana Morant Ripoll.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 122
Lunes 20 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 57658
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos
o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Artículo 17.
Confidencialidad de la información.
La información sobre personas tanto físicas como jurídicas, que haya sido obtenida
durante el procedimiento de instrucción, será considerada de exclusiva propiedad de
estas personas y será tratada como confidencial a todos los efectos, pudiendo
únicamente hacerse pública previa autorización de sus propietarios, de acuerdo con el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, RGPD), y a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Queda derogada la Orden CIN/471/2022, de 13 de mayo, por la que se aprueban las
bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Investigación y los
Premios Nacionales de Investigación para Jóvenes, y cuantas normas de igual o inferior
rango se opongan a lo establecido en la presente orden.
Disposición final primera.
Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.15.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en el fomento y
coordinación general de la investigación científica y técnica.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-10147
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 13 de mayo de 2024.–La Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades,
Diana Morant Ripoll.
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