III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-10005)
Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 56940

Vigesimocuarto. Subdirección General de Planificación y Gestión del Espectro
Radioeléctrico.
Se delegan, en la persona titular de la Subdirección General de Planificación y
Gestión del Espectro Radioeléctrico, las siguientes competencias:
1. La organización de la prueba de capacitación para operar Estaciones de
Radioaficionado.
2. El otorgamiento, renovación, modificación, denegación, revocación, extinción y
transferencia de autorizaciones para el uso privativo del dominio público radioeléctrico.
3. El otorgamiento, renovación, modificación, denegación, revocación, extinción y
transferencia de concesiones para el uso privativo del dominio público radioeléctrico, a
las que se refiere la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, y su
normativa de desarrollo, con excepción de las otorgadas mediante un procedimiento de
licitación.
4. El otorgamiento, renovación, modificación, denegación, revocación y extinción de
afectaciones para el uso privativo del dominio público radioeléctrico.
5. El otorgamiento de concesiones de dominio público radioeléctrico para la
explotación de los servicios de radiodifusión sonora y de televisión anejas a las
concesiones para dichos servicios otorgadas conforme a los planes técnicos nacionales
previstos en el artículo 61.a) de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de
Telecomunicaciones.
6. La aprobación o denegación de proyectos técnicos y la correspondiente
autorización o denegación de autorización para la instalación, relativas a las
autorizaciones, concesiones y afectaciones demaniales, contemplados en el artículo 49.2
del Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico, aprobado por el Real
Decreto 123/2017, de 24 de febrero.
7. La transferencia y la cesión de derechos de uso de dominio público radioeléctrico
y otros negocios jurídicos relativos al mercado secundario del espectro, contemplados en
el título VI del Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico, aprobado por
el Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, en bandas de frecuencia sin limitación de
títulos habilitantes.
8. La transferencia y la cesión de derechos de uso de dominio público radioeléctrico
anejos al título habilitante audiovisual.
9. Las liquidaciones de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico a que
se refiere el apartado 3 del anexo I de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de
Telecomunicaciones, así como su modificación y anulación.
10. Las resoluciones sobre la exención y reducción de la tasa por reserva del
dominio público radioeléctrico.
11. La autorización para que las entidades con título habilitante para prestar el
servicio de radiodifusión sonora en ondas hectométricas puedan realizar sus emisiones
con tecnología digital.
12. Las autorizaciones para usos de carácter temporal o experimental previstas en
la Orden por la que se aprueba el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias.
13. La autorización para la instalación de estaciones transmisoras integradas en
una red de frecuencia única, prevista en el artículo 4.1 del Plan técnico nacional de la
televisión digital local, aprobado por el Real Decreto 439/2004, de 12 de marzo.
14. La autorización de polarizaciones de las emisiones radioeléctricas distintas de
la horizontal, prevista en el artículo 3 del Plan técnico nacional de la televisión digital
local, aprobado por el Real Decreto 439/2004, de 12 de marzo.
15. Disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las interfaces de
equipos radioeléctricos que puedan ser utilizadas en España de conformidad con lo
establecido en el artículo 7.1 del Reglamento por el que se establecen los requisitos para
la comercialización, puesta en servicio y uso de equipos radioeléctricos, y se regula el
procedimiento para la evaluación de la conformidad, la vigilancia del mercado y el

cve: BOE-A-2024-10005
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Núm. 120