III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24602)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques Eólicos Secretariat, de 42 MW, y Securita, de 48 MW, y su infraestructura de evacuación, en Luceni, Boquiñeni, Tauste y Ejea de los Caballeros (Zaragoza) y Vitoria-Gasteiz (Álava)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Viernes 1 de diciembre de 2023

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del proyecto, evaluadas en el EsIA de los parques y en las adendas posteriores, así
como su frecuencia y período de emisión.
Según la documentación que consta en el expediente, el PVA se aplicará como
mínimo durante los 5 primeros años de funcionamiento de las infraestructuras
proyectadas. Además, propone unos contenidos básicos, referidos a la fase de
construcción y explotación:
– Fase de construcción:
● Seguimiento y control de las emisiones de polvo, gases, humos y niveles acústicos
en los núcleos urbanos, rurales y/o edificaciones habitadas y en lugares con presencia
de zonas sensibles para la fauna.
● Seguimiento y control de posibles procesos erosivos, de la alteración y/o
compactación de suelos y del cumplimiento de las medidas correctoras propuestas.
● Garantizar la no afección a la calidad de las aguas o sobre la red de drenaje.
● Seguimiento de la prospección botánica previa y control del balizado y
jalonamiento propuesto en varias zonas con presencia de individuos destacados.
● Seguimiento y control de las labores de restauración y revegetación, siguiendo el
Plan de Restauración.
● Aplicación del plan de autoprotección contra incendios y verificar su cumplimiento
mensualmente, aumentando la frecuencia a semanal entre el 15 de marzo y el 15 de
octubre (época de elevado riesgo de incendio forestal).
● Seguimiento de las afecciones a fauna, especialmente nidificaciones de especies
de interés conservacionista. En caso de localizar individuos reproductores, nidos y/o
colonias, mantener una distancia de seguridad de 500 m, en las que no deberán ejecutar
obras. Se prestará especial atención al entorno del Canal Imperial, por la posibilidad de
afección a ejemplares de la especie Margaritifera auricularia.
● Verificación de la instalación de medidas anticolisión para aves, en el cerramiento
de las SET Boquiñeni, Remolinos y Tauste V400, y en los parques eólicos.
● Limitación de la velocidad a 20 km/h y evitar los trabajos nocturnos.
● Seguimiento paleontológico y arqueológico de todas las operaciones que
impliquen movimientos de tierras.
● Verificar la continuidad de los caminos y carreteras, bien por su mismo trazado, o
bien por desvíos provisionales y, en este último caso, la señalización de los mismos.

● Control de la continuidad de la red hidrográfica y eficacia del sistema de drenaje.
● Control y seguimiento de la efectividad de las labores de restauración vegetal y
fisiográfica ejecutada, siguiendo las indicaciones definidas en el Plan de restauración.
● Garantizar el cumplimiento del plan de autoprotección contra incendios específico
en fase de explotación.
● Seguimiento de la mortalidad de las aves y quirópteros de mayor valor de
conservación, en el entorno de los aerogeneradores. Realizar, un test de detectabilidad y
un test de permanencia de cadáveres para estimar la mortalidad real con la mayor
precisión posible. Se prestará especial atención y seguimiento específico del
comportamiento de las poblaciones de milano real, garza imperial, cigüeña blanca, grulla
común, aguilucho cenizo, aguilucho pálido, cernícalo primilla, buitre leonado, aguilucho
lagunero occidental y, en general, aves acuáticas.
● Seguimiento y control de la efectividad de las medidas anticolisión para las aves y
quirópteros, en los aerogeneradores donde se ha propuesto la instalación de dispositivos
de detección y parada y pintado de aspas.
● Mantener una vigilancia regular para la detección de animales muertos en la zona
con el fin de impedir su aprovechamiento por parte de aves carroñeras y rapaces en el
entorno de las explotaciones ganaderas, poniendo en conocimiento de la Administración
de manera inmediata estas observaciones, caso de producirse.

cve: BOE-A-2023-24602
Verificable en https://www.boe.es

– Fase de explotación: