III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-20225)
Resolución de 26 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Petra, por la que se suspende la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria para la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y consiguiente rectificación de la descripción, en tanto no se modifique la representación gráfica alternativa de modo que respete el dominio público ferroviario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Jueves 28 de septiembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
20225

Resolución de 26 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Petra, por la que se suspende la
tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria para la
inscripción de la georreferenciación de una finca registral y consiguiente
rectificación de la descripción, en tanto no se modifique la representación
gráfica alternativa de modo que respete el dominio público ferroviario.

En el recurso interpuesto por doña C. F. F., abogada, en nombre y representación de
don G. A. A., contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Petra, don
Emilio Esteban-Infantes Fernández, por la que se suspende la tramitación del expediente
del artículo 199 de la Ley Hipotecaria para la inscripción de la georreferenciación de una
finca registral y consiguiente rectificación de la descripción, en tanto no se modifique la
representación gráfica alternativa de modo que respete el dominio público ferroviario.
Hechos

Mediante escritura pública otorgada el día 8 de agosto de 2022 por el notario de
Palma de Mallorca, don Francisco Javier Company Rodríguez-Monte, con el
número 1.907 de su protocolo, don G. A. A., como titular registral de la finca
número 17.577 de Petra, con código registral único 07029000271459, declaraba que la
misma se correspondía con la identidad de 4 referencias catastrales, que
eran 07041A011003040000IU, 07041A011091530000IT y 0350801ED1805S0000IT, las
cuales eran de naturaleza rústica, teniendo la construcción ubicada en su interior la
referencia catastral 0350801ED1805S0001OY. El compareciente manifestaba que la
descripción del Catastro no se correspondía con la realidad física de la finca, acreditando
la misma con la correspondiente georreferenciación alternativa coherente con la realidad
física que, a su juicio, tenía la finca, cuya inscripción solicitaba. Como consecuencia de
ello, solicitaba la inscripción de la rectificación de la superficie que pasaría de 7.517
metros cuadrados a 8.703 metros cuadrados.
Dicha escritura se presentó en el Registro de la Propiedad de Petra el día 30 de
agosto de 2022, bajo el asiento número 173 del Diario 24, y fue objeto de calificación
negativa el día 19 de septiembre de 2022 por la cual el registrador suspendía la
inscripción de la georreferenciación, la rectificación de superficie y la actualización de
linderos porque la georreferenciación alternativa aportada invadía la antigua vía del tren,
que constituía dominio público ferroviario, resultando dicha invasión de la superposición
de la georreferenciación alternativa presentada sobre la cartografía catastral.
Tras ello, don G. A. A., otorgó el día 18 de noviembre de 2022 escritura de
subsanación de la anteriormente presentada ante el mismo notario autorizante, con el
número 2.798 de protocolo, con el objeto de subsanar el defecto señalado por el
registrador en la citada nota de calificación. En la esta escritura se decía que la finca
tenía una superficie de 8.537 metros cuadrados y se dividía en dos tramos, A y B, que
medían 7.332 y 1.205 metros cuadrados, respectivamente.
II
Presentada el día 29 de noviembre de 2022 esta última escritura en el Registro de la
Propiedad de Petra con el mismo asiento número 173 del Diario 24, se inició el

cve: BOE-A-2023-20225
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I