III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-20223)
Resolución de 26 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Roquetas de Mar n.º 3 a inscribir una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Jueves 28 de septiembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
20223

Resolución de 26 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Roquetas de Mar n.º 3 a inscribir una escritura
de compraventa.

En el recurso interpuesto por doña I. K. contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Roquetas de Mar número 3, don Eduardo Entrala Bueno, a inscribir una
escritura de compraventa.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 10 de abril de 2023 por el notario de El Ejido,
don Javier Gutiérrez Delgado, con el número 519 de protocolo, don N. B. P., en nombre y
representación de la sociedad «Ramos Escámez 2017, SL» (en virtud de poder otorgado
el día 11 de enero de 2018 ante la notaria de Dalías, doña María Isabel Viruel León, con
el número 2 de protocolo), vendió a doña I. K. las fincas registrales 42.713 y 42.765 del
Registro de la Propiedad Roquetas de Mar número 3.
En dicha escritura de compraventa, la notaria autorizante expresaba lo siguiente:
«Juicio de suficiencia: He tenido a la vista copia autorizada del indicado documento
público, del que, a mi juicio, y bajo mi responsabilidad, de lo que doy fe expresa, resultan
facultades representativas suficientes para formalizar la presente escritura antes
enunciada, y con los pactos y condiciones que se estipulen, y que en este instrumento
público se contienen; manifestándome su vigencia y que no ha variado la subsistencia de
la Entidad que representa, especialmente su domicilio y objeto social».
II
Presentada el mismo día del otorgamiento de la citada escritura copia de la misma
en el Registro de la Propiedad de Roquetas de Mar número 3, fue objeto de la siguiente
nota de calificación:
«Eduardo Entrala Bueno, Registrador titular del Registro de la Propiedad número 3
de Roquetas de Mar, conforme al art. 18 de la Ley Hipotecaria, formulo la siguiente
calificación negativa, en base a los siguientes hechos y fundamentos de derecho.
Hechos:

1. Título que se califica: Escritura autorizada el 10 de abril de 2023 por el Notario de
El Ejido, don Javier Gutiérrez Delgado, número 519/2023 de protocolo, por la que Ramos
Escámez 2017, SL, vende a doña I. K., las fincas registrales 42.713 y 42.765 de
Roquetas de Mar, presentada bajo el asiento 444 del Diario 127.
2. En la escritura, Ramos Escámez 2017, SL, está representada por don N. B. P.,
en calidad de apoderado haciendo uso de la escritura de poder general autorizada por la
Notario de Dalías doña María Isabel Viruel León, el día 11 de enero de 2018, con el
número 2 de protocolo.
3. Con fecha 21 de abril de 2023 ha sido aportada al Registro por don J. T. S. M.,
en calidad de letrado al servicio de la vendedora, copia autorizada de la escritura de
revocación del poder reseñado en el hecho 2, otorgada ante la Notario de Dalías, doña
Rosario Lara Cabello, en fecha 22 de marzo de 2023, con el número 91 de protocolo,

cve: BOE-A-2023-20223
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A)