III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-20222)
Resolución de 26 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Ontinyent, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa de fincas registrales consistentes en derechos de vuelo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232
Jueves 28 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 130928
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
20222
Resolución de 26 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de Ontinyent, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de compraventa de fincas registrales
consistentes en derechos de vuelo.
En el recurso interpuesto por don J. M. G., en nombre y representación y como
administrador único de la sociedad «Onti Ma&Sil, SL», contra la calificación de la
registradora de la Propiedad de Ontinyent, doña Cristina Carbonell Llorens, por la que se
suspende la inscripción de una escritura de compraventa de fincas registrales
consistentes en derechos de vuelo.
Hechos
I
Finca 15.593: «Urbana: Once A. Derecho de vuelo. Planta sótano, integrado en el
edifico en Ontinyent (…) Consistente en el derecho de elevar sobre el referido vuelo,
situado en la parte posterior del edificio (…) una planta sótano que será continuación del
sótano ya existente, número uno de la propiedad horizontal, y que utilizará la misma
puerta, meseta y rampa de acceso al dicho departamento sótano ya existente, en virtud
de servidumbre constituida. Mide el vuelo, noventa y cuatro metros veintitrés decímetros
cuadrados Y linda (…) Su titular estará facultado para formalizar por sí solo la
correspondiente escritura de declaración de obra nueva y modificación, en su caso, de la
propiedad horizontal, sin necesidad de consentimiento de la comunidad de propietarios.
Cuota, tres enteros noventa y dos centésimas por ciento».
Finca 15.597: «Urbana: Once C. Derecho de vuelo. Viviendas, integrado en el edificio
en Ontinyent (…) parte posterior recayente a la calle en proyecto. Consintiente en el
derecho de elevar, en la parte posterior del edificio situado en (…), en la parte recayente
a la calle en Proyecto, sobre el forjado del vuelo de la planta baja, dos casas vivienda
unifamiliares (…), que ocupará cada una de ellas la mitad de la superficie de vuelo y que
tendrán su acceso a través de la calle en Proyecto, situada en la parte posterior. Mide el
vuelo, noventa y cuatro metros veintitrés decímetros cuadrados, y linda (…) Su titular
estará facultado para formalizar por sí solo la correspondiente escritura de declaración
de obra nueva y modificación, en su caso, de la propiedad horizontal, sin necesidad de
consentimiento de la comunidad de propietarios (…) Cuota, doce enteros cincuenta y
cinco centésimas por ciento».
cve: BOE-A-2023-20222
Verificable en https://www.boe.es
Mediante escritura autorizada el día 20 de marzo de 2023 por el notario de Ontinyent,
don Roberto Tortosa Albert, se formalizaba la compraventa de dos fincas registrales
inscritas como derechos de vuelo, una en planta de sótano y la otra en una vivienda,
ambas integrantes en un edificio. Constaba como título de ambas el de división
horizontal en escritura otorgada ante el mismo notario el día 2 de octubre de 2002, y
posteriormente adquiridas por el vendedor en escritura otorgada el día 28 de octubre
de 2002 ante el notario de Ontinyent, don Enrique Vallés Amores.
Ambas fincas (además de otra) constaban inscritas en el Registro con fecha 27 de
diciembre de 2002 con los números 15.593 y 15.597 y en los términos siguientes:
Núm. 232
Jueves 28 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 130928
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
20222
Resolución de 26 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de Ontinyent, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de compraventa de fincas registrales
consistentes en derechos de vuelo.
En el recurso interpuesto por don J. M. G., en nombre y representación y como
administrador único de la sociedad «Onti Ma&Sil, SL», contra la calificación de la
registradora de la Propiedad de Ontinyent, doña Cristina Carbonell Llorens, por la que se
suspende la inscripción de una escritura de compraventa de fincas registrales
consistentes en derechos de vuelo.
Hechos
I
Finca 15.593: «Urbana: Once A. Derecho de vuelo. Planta sótano, integrado en el
edifico en Ontinyent (…) Consistente en el derecho de elevar sobre el referido vuelo,
situado en la parte posterior del edificio (…) una planta sótano que será continuación del
sótano ya existente, número uno de la propiedad horizontal, y que utilizará la misma
puerta, meseta y rampa de acceso al dicho departamento sótano ya existente, en virtud
de servidumbre constituida. Mide el vuelo, noventa y cuatro metros veintitrés decímetros
cuadrados Y linda (…) Su titular estará facultado para formalizar por sí solo la
correspondiente escritura de declaración de obra nueva y modificación, en su caso, de la
propiedad horizontal, sin necesidad de consentimiento de la comunidad de propietarios.
Cuota, tres enteros noventa y dos centésimas por ciento».
Finca 15.597: «Urbana: Once C. Derecho de vuelo. Viviendas, integrado en el edificio
en Ontinyent (…) parte posterior recayente a la calle en proyecto. Consintiente en el
derecho de elevar, en la parte posterior del edificio situado en (…), en la parte recayente
a la calle en Proyecto, sobre el forjado del vuelo de la planta baja, dos casas vivienda
unifamiliares (…), que ocupará cada una de ellas la mitad de la superficie de vuelo y que
tendrán su acceso a través de la calle en Proyecto, situada en la parte posterior. Mide el
vuelo, noventa y cuatro metros veintitrés decímetros cuadrados, y linda (…) Su titular
estará facultado para formalizar por sí solo la correspondiente escritura de declaración
de obra nueva y modificación, en su caso, de la propiedad horizontal, sin necesidad de
consentimiento de la comunidad de propietarios (…) Cuota, doce enteros cincuenta y
cinco centésimas por ciento».
cve: BOE-A-2023-20222
Verificable en https://www.boe.es
Mediante escritura autorizada el día 20 de marzo de 2023 por el notario de Ontinyent,
don Roberto Tortosa Albert, se formalizaba la compraventa de dos fincas registrales
inscritas como derechos de vuelo, una en planta de sótano y la otra en una vivienda,
ambas integrantes en un edificio. Constaba como título de ambas el de división
horizontal en escritura otorgada ante el mismo notario el día 2 de octubre de 2002, y
posteriormente adquiridas por el vendedor en escritura otorgada el día 28 de octubre
de 2002 ante el notario de Ontinyent, don Enrique Vallés Amores.
Ambas fincas (además de otra) constaban inscritas en el Registro con fecha 27 de
diciembre de 2002 con los números 15.593 y 15.597 y en los términos siguientes: