I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Información tributaria. (BOE-A-2023-17430)
Orden HFP/887/2023, de 26 de julio, por la que se aprueban el modelo 172 "Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales" y el modelo 173 "Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales", y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de julio de 2023

Sec. I. Pág. 112319

tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de
los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
Artículo 3. Objeto de la información del modelo 172, «Declaración informativa sobre
saldos en monedas virtuales».
Deberá ser objeto de declaración en el modelo 172, la información contenida en el
anexo I de esta orden, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 bis del
Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección
tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de
los tributos, en relación con las monedas virtuales respecto de las que se tenga la
obligación de declarar.
Artículo 4. Plazo de presentación del modelo 172, «Declaración informativa sobre
saldos en monedas virtuales».
La presentación del modelo 172 tendrá carácter anual y su plazo de presentación
será el mes de enero del año siguiente al que se corresponda la información declarada.
Artículo 5. Aprobación del modelo 173, «Declaración informativa sobre operaciones con
monedas virtuales».
Se aprueba el modelo 173, «Declaración informativa sobre operaciones con
monedas virtuales», que habrá de presentarse con periodicidad anual por los obligados a
declarar, y remitirse a la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante el envío
de mensajes informáticos, de acuerdo con el procedimiento y con el formato y diseño
previstos en los artículos 9 y 10, y con el contenido a que se refiere el anexo II de la
misma.
Artículo 6. Obligados a presentar el modelo 173, «Declaración informativa sobre
operaciones con monedas virtuales».
Los obligados a presentar el modelo 173, «Declaración informativa sobre
operaciones con monedas virtuales», son los delimitados en los apartados 1 y 3 del
artículo 39 ter del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de
gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los
procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007,
de 27 de julio.
Artículo 7. Objeto de la información del modelo 173, «Declaración informativa sobre
operaciones con monedas virtuales».
Deberá ser objeto de declaración en el modelo 173, «Declaración informativa sobre
operaciones con monedas virtuales», la información contenida en el anexo II de esta
orden, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 ter del Reglamento General de las
actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las
normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, en relación con las
monedas virtuales respecto de las que se tenga la obligación de declarar.
Artículo 8. Plazo de presentación del modelo 173, «Declaración informativa sobre
operaciones con monedas virtuales».
La presentación del modelo 173, «Declaración informativa sobre operaciones con
monedas virtuales», tendrá carácter anual y su plazo de presentación será el mes de
enero del año siguiente al que se corresponda la información declarada.

cve: BOE-A-2023-17430
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Núm. 180