III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-15046)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Carreteras, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Curtis y SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, para la construcción de un nuevo acceso al polígono industrial "Curtis-Teixeiro" desde la carretera nacional N-634.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152

Martes 27 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 89925

comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta
causa conllevará la indemnización de los perjuicios causados.
La parte responsable del incumplimiento deberá indemnizar a las otras partes
firmantes por el importe de los gastos realmente ejecutados.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
El cumplimiento o la resolución del convenio darán lugar a su liquidación de
conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Undécima.

Modificación del convenio.

El presente convenio sólo podrá ser modificado por acuerdo unánime de los
firmantes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y previo cumplimiento de todos los
trámites y requisitos que resulten preceptivos.
Duodécima.

Naturaleza jurídica.

El presente documento tiene naturaleza jurídica administrativa rigiéndose por lo dispuesto
al respecto en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público. Las cuestiones
litigiosas que se susciten en relación con la interpretación y ejecución del convenio serán
resueltas por los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo.

cve: BOE-A-2023-15046
Verificable en https://www.boe.es

Y para que conste, y en prueba de conformidad y aceptación de todas y cada una de
las estipulaciones, las partes firman el presente documento en número de copias
coincidente con el número de intervinientes, en el lugar y fecha al principio
consignados.–Por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Secretaria
de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, P. D. (OM TMA/1007/2021,
modificada por la OM TMA/221/2022), el Secretario General de Infraestructuras,
Francisco Javier Flores García.–Por SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, el
Director General, Fidel Vázquez Alarcón.–Por el Ayuntamiento de Curtis, el Alcalde,
Javier Francisco Caínzos Vázquez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X