III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-14917)
Resolución de 15 de junio de 2023, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con Fundación ACS, para realizar el proyecto de cursos formativos de accesibilidad universal y actualización de la documentación del Curso básico de Accesibilidad al Entorno y la base documental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Sábado 24 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 89036

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos
cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para
obligarse y convenir, y al efecto
EXPONEN
Primero.
Que el Real Patronato sobre Discapacidad es un Organismo Autónomo de la
Administración General del Estado que tiene encomendada, entre otras funciones la
generación y transferencia de conocimiento y el desarrollo de programas y actuaciones
de sensibilización y concienciación social relativos a discapacidad y accesibilidad, así
como la cooperación institucional con otros organismos y entidades públicas y privadas
en estas materias.
Segundo.
Que el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad aprobado por Real
Decreto 946/2001, de 3 de agosto, encomienda, en su artículo 3 a este organismo
autónomo las siguientes funciones, que al objeto de este anuncio se destacan:
– Promover la aplicación de la perspectiva de derechos humanos, de los ideales
humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos al
perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad en los
campos de: la prevención de deficiencias; las disciplinas y especialidades relacionadas
con el diagnóstico, la rehabilitación y la inserción social; la igualdad de oportunidades; la
promoción de apoyos para la toma libre de decisiones.
– Facilitar, dentro del ámbito definido en el apartado anterior, el intercambio y la
colaboración entre las distintas Administraciones públicas, así como entre éstas y el
sector privado y asociativo, tanto en el plano nacional como en el internacional.
– Prestar apoyos a organismos, entidades, especialistas y promotores en materia de
estudios, investigación y desarrollo, información, documentación y formación.
– Desarrollar actividades como órgano técnico de encuentro, reflexión, debate y, en
su caso, propuesta, de las Administraciones Públicas, la sociedad civil relacionada con la
discapacidad, incluidas las asociaciones y fundaciones, el mundo académico e
investigador y el empresarial, a fin de ayudar a orientar las políticas, estrategias, planes,
programas y acciones relativas a las personas con discapacidad y a sus familias y la
inclusión social de éstas y sus familias, ello sin perjuicio de las funciones que desarrolla
el Consejo Nacional de la Discapacidad.
– Difundir y promover el más amplio conocimiento de la discapacidad,
principalmente desde el enfoque de los derechos humanos y en concreto conforme a lo
establecido en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad de la Organización de Naciones Unidas.

Que la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con
discapacidad de 13 de diciembre de 2006 de Naciones Unidas, en virtud del artículo 10.2
de la Constitución Española, es de obligado cumplimiento y cuyo propósito es promover,
proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos
humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y
promover el respeto de su dignidad inherente.
Cuarto.
Para la consecución de los fines establecidos en el Real Decreto 946/2001, de 3 de
agosto, una de las figuras administrativas que utiliza el Real Patronato sobre

cve: BOE-A-2023-14917
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.