III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-14910)
Resolución de 10 de abril de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa al Convenio con el Ayuntamiento de Reus, para la redacción del proyecto básico, proyectos de construcción, ejecución de las obras, dirección de las obras y el mantenimiento de la nueva estación de Reus-Bellissens y un paso inferior urbano integrado en su entorno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Sábado 24 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 88978

artículo 3.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, el secretario general de la
Corporación, Sr. Jaume Renyer i Alimbau.
Y, de otra parte: Doña María Luisa Domínguez González, Presidenta de la entidad
pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, que en lo sucesivo se
denominará ADIF, en virtud del Real Decreto 670/2021, de 27 de julio, actuando en
nombre y representación de ADIF en el ejercicio de las facultades que tiene conferidas
por el artículo 23.2.a) de su Estatuto, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30
de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias.
Reconociéndose ambas partes la capacidad legal suficiente para suscribir la
presente adenda, en la representación en la que intervienen:
EXPONEN
I. Que, con fecha 7 de marzo de 2022, se firmó el «Convenio entre Ayuntamiento
de Reus y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), para la redacción del
Proyecto Básico, Proyectos de Construcción, ejecución de las obras, dirección de las
obras y el mantenimiento de la Nueva Estación de Reus-Bellissens y un paso inferior
urbano integrado en su entorno», en cuyo texto se define como objeto: establecer y
concretar el régimen de colaboración entre ADIF y el Ayuntamiento de Reus para la
redacción del Proyecto Básico, Proyectos de Construcción, ejecución de las obras,
dirección de las obras, conservación y mantenimiento de la nueva estación de ReusBellissens y el paso inferior urbano integrado en el entorno de la misma, así como la
cesión gratuita de los terrenos requeridos para la construcción de nueva estación.
II. Que como consecuencia de la redacción de los proyectos constructivos de la
nueva estación y del nuevo paso se constata que el presupuesto de las obras de la
nueva estación supera el importe previsto en el convenio, precisando la tramitación de
una Adenda Modificativa.
III. Esta adenda, por tanto, contempla la actualización de las obligaciones
económicas de ADIF para la financiación de la ejecución y dirección de las obras de la
estación y no modificaría el resto de los compromisos adquiridos en el convenio.
IV. Asimismo con el fin de respetar las obligaciones establecidas en virtud del
artículo 9.3.b) de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura
el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se
procede a modificar el título del convenio para incluir la referencia a la ayuda financiera
de la Unión Europea concedida para esta actuación a través del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU y que
ha sido asignada a ADIF.
V. La Comisión de Seguimiento del Convenio, en su reunión de fecha 10 de febrero
de 2023, por unanimidad, acordó la tramitación de la presente adenda.

CLÁUSULAS
Primera.

Modificación del convenio.

El objetivo de la presente adenda es actualizar las obligaciones económicas de ADIF
para la financiación de la ejecución y dirección de las obras de la estación, así como
modificar el título del convenio para incluir la referencia a la ayuda financiera de la Unión
Europea concedida para esta actuación a través del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

cve: BOE-A-2023-14910
Verificable en https://www.boe.es

Así, de conformidad con lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en la cláusula
séptima del convenio, las partes intervinientes acuerdan realizar una modificación que
adecúe el mismo a la nueva realidad para lo que suscribe esta adenda al convenio
firmado el 7 de marzo de 2022 de acuerdo con las siguientes