T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-14931)
Pleno. Sentencia 63/2023, de 24 de mayo de 2023. Recurso de inconstitucionalidad 6440-2022. Interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con el artículo 173 de la Ley de les Corts Valencianes 7/2021, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2022. Competencias sobre puertos de interés general, ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente: inconstitucionalidad de la previsión de aplicación a los puertos de interés general de titularidad estatal del precepto legal que establece un régimen de distancias mínimas para determinadas actividades económicas que impliquen riesgos para la salud o manipulación de sustancias peligrosas (STC 40/1998).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Sábado 24 de junio de 2023

Sec. TC. Pág. 89226

se introduce un requisito adicional en materia de seguridad industrial para las grandes
instalaciones de almacenamiento de productos petrolíferos por sus afecciones a la salud de
las personas que viven o realizan sus actividades en las proximidades de los puertos, al
amparo de sus competencias en materia de industria. En relación con la distancia mínima
de 1000 metros exigida por el precepto impugnado, realiza dos observaciones: (i) que no es
arbitraria, en cuanto se deriva de los procedimientos de cálculo establecidos en los arts. 7 y 9
de la instrucción técnica complementaria del Real Decreto 2085/1994; (ii) que el conflicto
competencial parece surgir cuando se fija esta distancia y no la de 500 metros prevista en el
art. 7.5 del mencionado texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y
paisaje.
c) En tercer y último lugar, la abogada de la Generalitat realiza una lectura diferente
de la doctrina constitucional alegada en la demanda, poniendo el énfasis en dos
aspectos: (i) sobre la necesidad de recurrir a adecuadas técnicas de cooperación para
resolver los conflictos entre títulos competenciales estatales y autonómicos que se
proyectan sobre el mismo espacio, sostiene, con cita de las SSTC 79/2019, de 5 de
junio, y 87/2019, que ha sido la legislación estatal la que ha resuelto el conflicto, a través
de la habilitación realizada en favor de las comunidades autónomas por el art. 12.5 de la
Ley 21/1992, de industria; (ii) no puede hablarse en este caso, y menos aún sin
justificación alguna, de un interés prevalente del Estado, pues es la norma autonómica la
que se dicta precisamente en atención al interés general, esto es, garantizar la salud y
seguridad de las personas.
8. Por diligencia de ordenación del secretario de justicia del Pleno de 12 de
diciembre de 2022, se acordó que, próximo a finalizar el plazo de los cinco meses que
señala el art. 161.2 CE desde que se produjo la suspensión del precepto impugnado, se
oiga a las partes personadas para que, en el plazo de cinco días, expongan lo que
consideren conveniente acerca del mantenimiento o levantamiento de dicha suspensión.
El abogado del Estado interesó el mantenimiento de la suspensión inicialmente
acordada por escrito registrado el día 19 de diciembre de 2022. La representación
procesal de la Generalitat Valenciana interesó el levantamiento de la suspensión por
escrito registrado el día 20 de diciembre de 2022. La representación procesal de les
Corts Valencianes formuló, mediante escrito registrado en este tribunal el día 27 de
diciembre de 2022, sus alegaciones, limitándose a manifestar su posición favorable al
levantamiento de la suspensión del precepto impugnado.
Mediante ATC 35/2023, de 7 de febrero, el Pleno acuerda levantar la suspensión de
la aplicación del precepto impugnado en el presente recurso de inconstitucionalidad.
Esta decisión fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 61, de 13 de marzo
de 2023.
9. Mediante providencia de 23 de mayo de 2023 se acordó señalar para la
deliberación y votación de la presente sentencia el día 24 del mismo mes y año.
II. Fundamentos jurídicos
Objeto del recurso y posición de las partes.

a) El presente recurso de inconstitucionalidad, interpuesto por el presidente del
Gobierno, tiene por objeto el art. 173 de la Ley de les Corts Valencianes 7/2021, de 29 de
diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización
de la Generalitat 2022, por el que se añade un apartado 6 al art. 7 del texto refundido de
la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell.
El precepto impugnado tiene el siguiente tenor literal:
«Artículo 7.
[…]

Criterios generales de crecimiento territorial y urbano.

cve: BOE-A-2023-14931
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