II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-14750)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Jueves 22 de junio de 2023
3.2

Sec. II.B. Pág. 88152

Lista definitiva.

Una vez finalizado el plazo de subsanación, se procederá a la publicación en el
«Boletín Oficial de Aragón» de la resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos al concurso, con la indicación de que la lista definitiva de admitidos
y excluidos se expondrá en el e-TOUZ. No obstante, lo anterior, si en cualquier momento
del procedimiento llegara a conocimiento de la Universidad que alguno de los aspirantes
admitidos no reúne los requisitos legales para su admisión al concurso, el rector
acordará su exclusión previa audiencia del interesado, sin perjuicio de las
responsabilidades en que pudiera haber incurrido.
3.3 Una vez publicadas en el e-TOUZ, las citadas listas provisionales y definitivas
también estarán accesibles en la página web: https://recursoshumanos.unizar.es/
servicio-pdi/oposiciones-concursos/convocatorias-concursos-acceso, a los exclusivos
efectos de consulta de la información.
4. Comisión de acceso y acto de constitución

A efectos de abstención y recusación de los miembros de la comisión se estará a lo
dispuesto en los artículos 23 y 24 de la L40/15.
A los efectos anteriores, la persona que ejerce la presidencia del tribunal podrá
solicitar a sus componentes declaración expresa de no hallarse incursos en alguna de
estas circunstancias. En todo caso, las personas candidatas podrán recusar a cualquier
componente de la comisión de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la
citada ley.
Si se promoviese la recusación de cualquier miembro de la comisión de acceso, se
suspenderá el plazo máximo para resolver el concurso hasta que sea resuelta dicha
recusación, de acuerdo con lo regulado en el artículo 22.2.c) de la L39/15.
En los casos de renuncia justificada, abstención o recusación que impidan la
actuación de los miembros de la comisión titular, estos serán sustituidos por sus
respectivos suplentes. En el supuesto de que resulte necesario nombrar nuevos
miembros, se procederá con arreglo a lo dispuesto en el artículo 140 de los EEUZ. En el
caso de que por la falta de nombramiento de los miembros la comisión no pueda
continuar con sus actuaciones, se suspenderá el plazo para la resolución del concurso
de acceso a la plaza correspondiente a instancias del presidente de la comisión de
acceso hasta la publicación del nombramiento de los nuevos miembros.
4.5

Constitución de la comisión y adopción de acuerdos.

Las comisiones de acceso deberán constituirse en el plazo máximo de dos meses
contados desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.

cve: BOE-A-2023-14750
Verificable en https://www.boe.es

4.1 La composición de la comisión de acceso figura en el anexo III de esta
convocatoria, sirviendo esta resolución como nombramiento de sus miembros, de
acuerdo con el procedimiento y condiciones establecidos en el artículo 140 de los EEUZ
y en los artículos 5 y 6 del RD1313.
4.2 Conforme a lo establecido en el artículo 62.3 de la LOU y en el artículo 6.4 del
RD1313, el currículo de cada uno de los miembros que componen la comisión de acceso
se encuentra publicado en la página web de la Universidad https://
recursoshumanos.unizar.es/servicio-pdi/oposiciones-concursos/convocatorias-concursosacceso.
4.3 El nombramiento como miembro de la comisión de acceso es irrenunciable,
salvo que concurran circunstancias excepcionales libremente apreciadas por el rector de
la Universidad de Zaragoza, o que se den las situaciones establecidas en los artículos 23
y 24 de la L40/15.
4.4 Abstención y recusación de los miembros de la comisión.