III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-14456)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio con la Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos, para la identificación de cargas administrativas y su reducción en el bienio 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Sábado 17 de junio de 2023
Segunda.

Sec. III. Pág. 86227

Actuaciones a realizar por ATA.

ATA, para el cumplimiento del objeto del presente convenio, realizará las siguientes
actuaciones:
1. Diseño de propuestas para la reducción de cargas administrativas en los
sectores y procedimientos seleccionados como prioritarios:
ATA asume el compromiso de analizar e identificar las cargas administrativas
existentes en el ámbito objeto de este convenio que sean susceptibles de ser eliminadas
y reducidas, así como de la formulación de las propuestas de simplificación
administrativa que resulten pertinentes. Dichas propuestas irán acompañadas de la
correspondiente estimación del ahorro que generarían aplicando el Método Simplificado
de medición de cargas administrativas, normativa a modificar y órgano competente, y se
acompañarán de la memoria explicativa correspondiente.
En caso de que sean formuladas varias propuestas de simplificación con la misma
identidad sustancial en cuanto al objeto, finalidad o tipo de medida adoptada, se
agruparán todas ellas en una única propuesta con el fin de facilitar el seguimiento por
parte del Centro Gestor.
Para la identificación de trabas y la concreción de las propuestas, ATA desarrollará
las siguientes actuaciones:
a) Jornadas y foros de discusión con autónomos y emprendedores que permitan un
contacto directo para conocer sus necesidades, impresiones y valoraciones y así puedan
manifestar directamente a ATA y a la propia Administración sus propuestas de
simplificación.
ATA organizará un mínimo de dos actividades anuales, que se celebrarán en 2023,
preferiblemente, antes del 30 de octubre, y en 2024, también antes del 30 de octubre.
Dichas actividades se podrán realizar tanto de forma presencial como a distancia,
haciendo uso para ello de medios telemáticos.
b) Trabajo de ATA con puntos de asistencia directa al autónomo y emprendedor,
atendidos por técnicos cualificados, que permitirá canalizar las inquietudes y propuestas
de estos colectivos en el área de estudio objeto de este convenio.
ATA hará entrega al MINHFP, a través de la Dirección General de Gobernanza
Pública, del informe en el que se relacionarán los trámites identificados y las propuestas
de reducción de cargas. El documento se entregará, en todo caso, antes del 20 de
noviembre de 2023 para el primer año de vigencia del convenio, y en idéntica fecha en el
año 2024.
Asimismo, ATA aportará la información y documentación en el formato que la
Administración le indique, en aras al establecimiento y nutrición de una base de datos de
propuestas de reducción de cargas y simplificación que facilite el seguimiento de las
mismas.
Difusión y comunicación:

a) Con el fin de que los autónomos y emprendedores conozcan las actuaciones de
las Administraciones Públicas y amplíen su colaboración al respecto, ATA asume el
compromiso de participar en acciones de sensibilización, difusión y comunicación sobre
las medidas que se están implantando desde la Administración para la simplificación
administrativa, mediante los canales de divulgación de la organización, la participación
en actos, seminarios y foros, o la celebración de eventos periódicos sobre la materia,
entre otras iniciativas complementarias, informando en todo caso al MINHFP de las
acciones que se lleven a cabo.
b) ATA dará difusión, a petición del MINHFP, de cualquier tipo de información o
material sobre la reducción de cargas y simplificación administrativa que se considere de
interés, a través de sus canales y sus espacios públicos de comunicación como, por

cve: BOE-A-2023-14456
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