II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CONSUMO. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2023-14365)
Resolución de 14 de junio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 85627
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando los interesados, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en licencia por
enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que
por ello finalice la licencia que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese, por necesidades del servicio,
de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad a la que haya sido
destinado el funcionario o la funcionaria.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá
aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga
prevista en el párrafo anterior. Para su concesión será necesario que el Departamento
que lo solicita emita informe motivado de la necesidad de dicho aplazamiento.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, el Subsecretario del
Departamento donde haya obtenido nuevo destino el funcionario o la funcionaria podrá
conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino
implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por razones justificadas.
Destinos adjudicados.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo
caso deberá comunicarse por escrito al órgano convocante en el plazo de 3 días hábiles.
El diferimiento del cese, así como los permisos o licencias que hayan sido concedidos a
los interesados no supondrán una ampliación del plazo para la opción de destino prevista
en este apartado, y en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo,
debiéndose tener en cuenta a estos efectos los plazos establecidos en la base décima.3.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a funcionario en
situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la
posibilidad prevista en el artículo 23.2 del RD 365/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado.
Aquellos participantes que desde el cierre del plazo de presentación de solicitudes
del concurso hasta la resolución de adjudicación hayan sido nombrados o sean
nombrados, por promoción interna, funcionarios de carrera de cuerpos o escalas
pertenecientes al subgrupo inmediato superior al cuerpo o escala desde el que han
concursado y hayan obtenido un puesto de doble adscripción a subgrupo en la
resolución del presente concurso tomarán posesión del mismo desde el cuerpo o escala
desde el que participan.
Duodécima.
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado», con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados.
En el caso de los puestos adjudicados los plazos establecidos para que los
Ministerios y organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes
comenzarán a contarse desde el día siguiente a su publicación.
cve: BOE-A-2023-14365
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 85627
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando los interesados, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en licencia por
enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que
por ello finalice la licencia que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese, por necesidades del servicio,
de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad a la que haya sido
destinado el funcionario o la funcionaria.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá
aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga
prevista en el párrafo anterior. Para su concesión será necesario que el Departamento
que lo solicita emita informe motivado de la necesidad de dicho aplazamiento.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, el Subsecretario del
Departamento donde haya obtenido nuevo destino el funcionario o la funcionaria podrá
conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino
implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por razones justificadas.
Destinos adjudicados.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo
caso deberá comunicarse por escrito al órgano convocante en el plazo de 3 días hábiles.
El diferimiento del cese, así como los permisos o licencias que hayan sido concedidos a
los interesados no supondrán una ampliación del plazo para la opción de destino prevista
en este apartado, y en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo,
debiéndose tener en cuenta a estos efectos los plazos establecidos en la base décima.3.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a funcionario en
situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la
posibilidad prevista en el artículo 23.2 del RD 365/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado.
Aquellos participantes que desde el cierre del plazo de presentación de solicitudes
del concurso hasta la resolución de adjudicación hayan sido nombrados o sean
nombrados, por promoción interna, funcionarios de carrera de cuerpos o escalas
pertenecientes al subgrupo inmediato superior al cuerpo o escala desde el que han
concursado y hayan obtenido un puesto de doble adscripción a subgrupo en la
resolución del presente concurso tomarán posesión del mismo desde el cuerpo o escala
desde el que participan.
Duodécima.
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado», con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados.
En el caso de los puestos adjudicados los plazos establecidos para que los
Ministerios y organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes
comenzarán a contarse desde el día siguiente a su publicación.
cve: BOE-A-2023-14365
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Undécima.