III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-13934)
Resolución de 5 de junio de 2023, del Instituto de las Mujeres, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para la creación de la Cátedra Extraordinaria "Filosofía Social de la Discriminación Corporal".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Lunes 12 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 83546
g) Velar por el cumplimiento y ejecución de los términos y condiciones del presente
convenio.
h) Aprobar la memoria para cada período justificativo de actividades.
i) Aprobar la incorporación de otras empresas o instituciones para el patrocinio de
acciones concretas del programa de la «Cátedra Extraordinaria de Filosofía Social de la
Discriminación Corporal».
j) Cualesquiera otras actuaciones conducentes al logro de los objetivos propuestos
y que se acuerden entre las partes.
La Comisión mixta de seguimiento se reunirá siempre que lo solicite una de las
partes y, al menos, una vez al año.
La Comisión estará formada:
Por parte de la Universidad de Granada, por:
– La persona titular del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia o persona en
quien delegue, que hará las funciones de la Presidencia.
– La persona titular del Vicedecanato de Cultura, Investigación y Transferencia, o
persona en quien delegue.
Por parte de Inmujeres:
– La persona titular de la Dirección del Instituto de las Mujeres, o persona en quien
delegue.
– La persona titular de la Subdirección General de Estudios y Cooperación, o
persona en quien delegue.
Siendo necesaria para su válida constitución la intervención de al menos una
persona representante de cada parte.
Cuando sea nombrada la Dirección de la Cátedra por la persona titular del
Rectorado, pasará a formar parte de la comisión mixta de seguimiento, con voz, pero sin
voto.
Se nombrará a una persona que ejerza las funciones de Secretaría, encargada de
levantar acta de las reuniones. En el caso de que la persona que ejerza las funciones de
Secretaría no sea parte de la comisión mixta de seguimiento, no tendrá voz ni voto.
Si por cualquier circunstancia, cambiara el número de representantes en la comisión
mixta de seguimiento, siempre se respetará el régimen de paridad.
La persona titular del Rectorado podrá sustituir a las personas de la comisión
designadas por parte de la Universidad de Granada, que pierdan o cambien la condición
por la que fueron designadas.
El régimen de funcionamiento interno de la referida comisión será el contenido en la
subsección 1.ª de la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015.
El Departamento de Filosofía I de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad
de Granada gestionará los recursos de la Cátedra provenientes de Inmujeres, así como
cualesquiera otros fondos que la Cátedra obtenga por otras fuentes.
La gestión económica de la Cátedra se realizará de acuerdo con las orientaciones de
sus órganos responsables, Dirección y comisión mixta de seguimiento, y conforme a las
normas y procedimientos establecidos por la Universidad de Granada.
El presupuesto del convenio asciende a ciento veinte mil euros (120.000 euros) con
la siguiente distribución:
– Periodo la eficacia del convenio hasta 30 de octubre de 2023: 30.000 euros (treinta
mil euros).
– Anualidad de 2024: 45.000 euros (cuarenta y cinco mil euros), que abarcará las
actividades desde octubre de 2023 a octubre de 2024).
cve: BOE-A-2023-13934
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Gestión económica.
Núm. 139
Lunes 12 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 83546
g) Velar por el cumplimiento y ejecución de los términos y condiciones del presente
convenio.
h) Aprobar la memoria para cada período justificativo de actividades.
i) Aprobar la incorporación de otras empresas o instituciones para el patrocinio de
acciones concretas del programa de la «Cátedra Extraordinaria de Filosofía Social de la
Discriminación Corporal».
j) Cualesquiera otras actuaciones conducentes al logro de los objetivos propuestos
y que se acuerden entre las partes.
La Comisión mixta de seguimiento se reunirá siempre que lo solicite una de las
partes y, al menos, una vez al año.
La Comisión estará formada:
Por parte de la Universidad de Granada, por:
– La persona titular del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia o persona en
quien delegue, que hará las funciones de la Presidencia.
– La persona titular del Vicedecanato de Cultura, Investigación y Transferencia, o
persona en quien delegue.
Por parte de Inmujeres:
– La persona titular de la Dirección del Instituto de las Mujeres, o persona en quien
delegue.
– La persona titular de la Subdirección General de Estudios y Cooperación, o
persona en quien delegue.
Siendo necesaria para su válida constitución la intervención de al menos una
persona representante de cada parte.
Cuando sea nombrada la Dirección de la Cátedra por la persona titular del
Rectorado, pasará a formar parte de la comisión mixta de seguimiento, con voz, pero sin
voto.
Se nombrará a una persona que ejerza las funciones de Secretaría, encargada de
levantar acta de las reuniones. En el caso de que la persona que ejerza las funciones de
Secretaría no sea parte de la comisión mixta de seguimiento, no tendrá voz ni voto.
Si por cualquier circunstancia, cambiara el número de representantes en la comisión
mixta de seguimiento, siempre se respetará el régimen de paridad.
La persona titular del Rectorado podrá sustituir a las personas de la comisión
designadas por parte de la Universidad de Granada, que pierdan o cambien la condición
por la que fueron designadas.
El régimen de funcionamiento interno de la referida comisión será el contenido en la
subsección 1.ª de la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015.
El Departamento de Filosofía I de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad
de Granada gestionará los recursos de la Cátedra provenientes de Inmujeres, así como
cualesquiera otros fondos que la Cátedra obtenga por otras fuentes.
La gestión económica de la Cátedra se realizará de acuerdo con las orientaciones de
sus órganos responsables, Dirección y comisión mixta de seguimiento, y conforme a las
normas y procedimientos establecidos por la Universidad de Granada.
El presupuesto del convenio asciende a ciento veinte mil euros (120.000 euros) con
la siguiente distribución:
– Periodo la eficacia del convenio hasta 30 de octubre de 2023: 30.000 euros (treinta
mil euros).
– Anualidad de 2024: 45.000 euros (cuarenta y cinco mil euros), que abarcará las
actividades desde octubre de 2023 a octubre de 2024).
cve: BOE-A-2023-13934
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Gestión económica.