I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Prestaciones sociales. (BOE-A-2023-13761)
Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 10 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 82698

El título IV regula las prestaciones económicas de urgencia social que tienen por
objeto la atención de necesidades sociales derivadas de situaciones de urgencia social.
Se clasifican en dos tipologías, tal como indica el artículo 82 de la ley, pudiendo ser
ayudas básicas y de intervención social inmediata. Ambas tienen en común la respuesta
de los poderes públicos a situaciones de necesidad puntual, urgente y de subsistencia.
El título V regula las prestaciones económicas de apoyo familiar y de apoyo a la
inserción social que están destinadas a facilitar el apoyo a los procesos de cambio y
mejora en la situación social en la que se encuentra la persona o familia perceptora, para
favorecer su inserción social.
En la parte final, la ley incluye cuatro disposiciones adicionales: sobre el fichero de
prestaciones sociales de carácter económico, creado por el Decreto-ley 10/2020, y que
mantiene su estructura en el anexo único de la presente norma; sobre la ampliación de
referencias al ingreso mínimo vital en la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y
los derechos de la infancia y la adolescencia; sobre la comisión de carácter
interdepartamental de estudio de los complementos de rentas distintas a la de pensiones
no contributivas; y, por último, sobre la comisión de evaluación de prestaciones de la
renta social garantizada.
También se incluye una disposición transitoria sobre las reglas que deben regir las
prestaciones creadas por el Decreto-ley 10/2020, de 12 de junio, en la transición a los
términos regulados en la presente norma, y la tramitación de los expedientes de solicitud
de cualquiera de las prestaciones, iniciados antes de la entrada en vigor de esta ley.
Se incluye una disposición derogatoria única con una relación de las disposiciones que
se ven afectadas por la entrada en vigor de esta ley. No obstante esta disposición, las
normas indicadas quedan sometidas a las reglas de transitoriedad previamente señaladas.
Esta ley se cierra con siete disposiciones finales: sobre la modificación de la
Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears, en relación a la
ampliación del listado de prestaciones sociales de carácter económico; sobre la
modificación de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias, en relación a la
incorporación de los beneficiarios del ingreso mínimo vital como criterio de
reconocimiento de la condición de familia en situación de vulnerabilidad económica
especial; sobre la modificación del Decreto 40/2017, de 25 de agosto, sobre los criterios
de autorización y acreditación de los servicios para jóvenes en proceso de
emancipación, y de regulación de la renta de autonomía personal para jóvenes que han
sido sometidos a medidas de justicia juvenil, en relación a su vinculación con las
prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE); sobre el carácter
reglamentario de la modificación contenida en la disposición final anterior; incluye las
nuevas prestaciones en la Cartera básica de servicios sociales de las Illes
Balears 2017-2020, aprobada por el Decreto 66/2016, de 18 de noviembre; se prevé la
adopción de medidas que permitan que todo el personal al servicio de la Administración
de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de su sector público instrumental pueda
acreditar el nivel de conocimiento de catalán suficiente para desarrollar las funciones
propias de su puesto de trabajo, así como la modificación del período transitorio de
implantación de los nuevos sistemas de provisión para realizar en un plazo razonable
todas las actuaciones necesarias que permitan este cambio de sistema; y, finalmente,
sobre la entrada en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Bulletí Oficial
de les Illes Balears.
V
Los efectos de la crisis social provocada por la crisis sanitaria desde que se declaró
como emergencia de salud pública de importancia internacional, agravados con las
consecuencias económicas y sociales de la invasión de Ucrania por parte de Rusia,
exigen una respuesta inmediata por parte de los poderes públicos para paliar sus
consecuencias en la medida de lo posible. Asimismo, fundamentan la necesidad urgente
de adoptar medidas extraordinarias para hacer frente a esta crisis. Mediante esta ley, se

cve: BOE-A-2023-13761
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Núm. 138