III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-13653)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "GR Sisón y GR Avutarda", de 99,99 MWp cada uno, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81674
modificaciones propuestas dado que carecen análisis ambiental por parte del promotor,
así como del trámite de información pública y consultas asociado. Considera que el
sentido favorable, de las distintas partes de las PSFV en la declaración de impacto
ambiental, solo debería ser de aquellas que se hayan tramitado correctamente y
obtenido informe favorable tanto por la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad como por la Dirección General de Economía Circular de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
Por tanto, la presente resolución incluye:
– PSFV Sisón con reducción de superficie. Se podrá realizar la implantación en las
parcelas valoradas favorablemente en el primer informe de la Dirección General de
Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha dentro
de las superficies inicialmente contempladas por el promotor en el EsIA.
– Infraestructura de evacuación de 66 kV desde las PSFV hasta la SE «La Cereal
Promotores». Esta infraestructura deberá modificarse con respecto a la planteada en el
EsIA. La SE «Usanos» deberá reubicarse y deberá decidirse la necesidad de ejecutarla
SE «El Casar» y, en caso de serlo, sobre su reubicación.
Deberán eliminarse las parcelas propuestas por el promotor y valoradas
negativamente por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
Esta resolución no se pronuncia sobre las parcelas de reubicación de las PSFV
planteadas en las modificaciones del promotor y que no estaban inicialmente incluidas
en el EsIA. Las reubicaciones valoradas favorablemente por la Dirección General de
Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
deberán ser objeto de una nueva tramitación.
Se han realizado especificaciones al respecto en la condición 1 de esta resolución.
En el croquis adjunto a esta resolución se observan los elementos indicados.
En cualquier caso, el proyecto evaluado en esta resolución afecta únicamente a la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por lo que no incluye menciones a los
impactos, medidas ni contenido de los informes de los organismos correspondientes a la
Comunidad de Madrid.
2.
Tramitación del procedimiento
A los efectos de lo previsto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental y en la legislación sectorial, el órgano sustantivo realiza los
siguientes anuncios para la información pública del proyecto:
Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 21/2013 y en
la legislación sectorial, el órgano sustantivo da traslado de la información
correspondiente a las administraciones, organismos o empresas de servicio público o de
servicios de interés general, por resultar afectadas por el proyecto en cuanto a bienes y
derechos a su cargo, o por su competencia o interés a efectos del proceso de evaluación
ambiental. El resultado de la tramitación de la información pública y las consultas se
encuentra resumido en el anexo I de esta resolución. Así, con fecha 23 de
noviembre 2022 se recibe el expediente de tramitación administrativa en la Dirección
General de Política Energética y Minas y el 13 de diciembre de 2022 se recibe en la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Además, durante el periodo de información pública, se han recibido alegaciones de:
Asociación DALMA, Generación Fotovoltaica Puerta del Sol, SLU, Grupo de vecinos y
cve: BOE-A-2023-13653
Verificable en https://www.boe.es
– «Boletín Oficial del Estado» (BOE) número 98, de 25 de abril de 2022.
– «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 105, de 4 de mayo de 2022,
corregido el 6 de junio de 2022 (número 133).
– «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» número 130, de 8 de julio de 2022.
Núm. 136
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81674
modificaciones propuestas dado que carecen análisis ambiental por parte del promotor,
así como del trámite de información pública y consultas asociado. Considera que el
sentido favorable, de las distintas partes de las PSFV en la declaración de impacto
ambiental, solo debería ser de aquellas que se hayan tramitado correctamente y
obtenido informe favorable tanto por la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad como por la Dirección General de Economía Circular de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
Por tanto, la presente resolución incluye:
– PSFV Sisón con reducción de superficie. Se podrá realizar la implantación en las
parcelas valoradas favorablemente en el primer informe de la Dirección General de
Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha dentro
de las superficies inicialmente contempladas por el promotor en el EsIA.
– Infraestructura de evacuación de 66 kV desde las PSFV hasta la SE «La Cereal
Promotores». Esta infraestructura deberá modificarse con respecto a la planteada en el
EsIA. La SE «Usanos» deberá reubicarse y deberá decidirse la necesidad de ejecutarla
SE «El Casar» y, en caso de serlo, sobre su reubicación.
Deberán eliminarse las parcelas propuestas por el promotor y valoradas
negativamente por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
Esta resolución no se pronuncia sobre las parcelas de reubicación de las PSFV
planteadas en las modificaciones del promotor y que no estaban inicialmente incluidas
en el EsIA. Las reubicaciones valoradas favorablemente por la Dirección General de
Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
deberán ser objeto de una nueva tramitación.
Se han realizado especificaciones al respecto en la condición 1 de esta resolución.
En el croquis adjunto a esta resolución se observan los elementos indicados.
En cualquier caso, el proyecto evaluado en esta resolución afecta únicamente a la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por lo que no incluye menciones a los
impactos, medidas ni contenido de los informes de los organismos correspondientes a la
Comunidad de Madrid.
2.
Tramitación del procedimiento
A los efectos de lo previsto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental y en la legislación sectorial, el órgano sustantivo realiza los
siguientes anuncios para la información pública del proyecto:
Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 21/2013 y en
la legislación sectorial, el órgano sustantivo da traslado de la información
correspondiente a las administraciones, organismos o empresas de servicio público o de
servicios de interés general, por resultar afectadas por el proyecto en cuanto a bienes y
derechos a su cargo, o por su competencia o interés a efectos del proceso de evaluación
ambiental. El resultado de la tramitación de la información pública y las consultas se
encuentra resumido en el anexo I de esta resolución. Así, con fecha 23 de
noviembre 2022 se recibe el expediente de tramitación administrativa en la Dirección
General de Política Energética y Minas y el 13 de diciembre de 2022 se recibe en la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Además, durante el periodo de información pública, se han recibido alegaciones de:
Asociación DALMA, Generación Fotovoltaica Puerta del Sol, SLU, Grupo de vecinos y
cve: BOE-A-2023-13653
Verificable en https://www.boe.es
– «Boletín Oficial del Estado» (BOE) número 98, de 25 de abril de 2022.
– «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 105, de 4 de mayo de 2022,
corregido el 6 de junio de 2022 (número 133).
– «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» número 130, de 8 de julio de 2022.