III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-12864)
Resolución 420/38216/2023, de 23 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Deusto, para el desarrollo de actividades docentes de investigación, difusión y debate sobre seguridad y defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Miércoles 31 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 75392

ordenados, siguiendo el orden marcado en la memoria económica sin presentar, en
ningún caso, añadidos manuscritos.
d) Memoria de la actividad. Asimismo, tras finalizar las citadas actividades, la
Universidad de Deusto remitirá a la Secretaría General de Política de Defensa una
memoria de la actividad donde se incluirán los dosieres gráficos, carteles, trípticos que
integren o se deriven de las actividades realizadas.
2.

Forma de presentación del expediente.

El expediente del gasto se presentará electrónicamente, conforme establece el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a través del sistema de Gestión
Integrada de Servicios de Registro (GEISER) existente en los registros de los
organismos pertenecientes a la Administración General del Estado, no siendo válido
ningún trámite realizado a través de cualquier otro portal electrónico de las
Administraciones Públicas.
La presentación deberá realizarla el representante legal de la entidad.
3.

Tramitación del expediente por el Ministerio de Defensa.

Tras ser recibidas en la Secretaría General de Política de Defensa el expediente del
gasto, la Secretaría General de Política de Defensa elaborará una certificación de
conformidad del Ministerio de Defensa con la realización de la actividad objeto del
convenio.
Dicha certificación, junto con el expediente del gasto, será remitido a la Intervención
Delegada en la Subsecretaría de Defensa para recabar la fiscalización previa del
reconocimiento de la obligación.
4.

Prohibición de pagos anticipados.

El artículo 21.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria,
señala que en el ámbito de la Hacienda Pública estatal, no podrá efectuarse el
desembolso anticipado de las aportaciones comprometidas en virtud de convenios de
colaboración y encomiendas de gestión con carácter previo a la ejecución y justificación
de las prestaciones previstas en los mismos, sin perjuicio de lo que puedan establecer
las disposiciones especiales con rango de ley que puedan resultar aplicables en cada
caso.
5.

Incumplimiento de las normas de justificación del gasto.

En el caso de que por parte de la Universidad de Deusto no se justificase
debidamente el gasto de la totalidad de la cantidad establecida en esta cláusula,
únicamente se le transferirá la cantidad debidamente justificada.
Medidas de control y seguimiento.

El seguimiento y control de este convenio será llevado a cabo por una Comisión
Mixta de Seguimiento, en adelante «Comisión Mixta», mecanismo de seguimiento,
vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por las
partes.
La Comisión Mixta estará formada por cuatro representantes.
Dos representantes del Ministerio de Defensa:
a) Coronel Director de la División de Coordinación y Estudios de Seguridad y
Defensa (DICOES).
b) Coronel Jefe del Área de Cultura de Defensa de la DICOES.

cve: BOE-A-2023-12864
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.