III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-12864)
Resolución 420/38216/2023, de 23 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Deusto, para el desarrollo de actividades docentes de investigación, difusión y debate sobre seguridad y defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Cuarta.
Sec. III. Pág. 75391
Financiación.
El Ministerio de Defensa apoyará a la Universidad de Deusto en el desarrollo de las
actividades previstas en este convenio con la cantidad máxima de diecinueve mil
quinientos euros (19.500 €), impuestos incluidos, con cargo a la aplicación
presupuestaria 14.01.121M2.226.06 de los presupuestos correspondientes al ejercicio
económico de 2023.
No se abonarán nunca contra esta aplicación presupuestaría gastos
correspondientes a retribuciones ordinarias del personal que tenga una relación laboral
dependiente de la Universidad de Deusto.
El gasto aproximado asumido por la Universidad de Deusto será de 19.541 euros
correspondientes a horas de dedicación del personal de la Universidad, instalaciones y
equipamiento, pago a los ponentes, equipos informáticos (a nivel de software y
hardware), recursos bibliográficos y equipamiento de oficina.
La descripción de dicho gasto quedará reflejada en la memoria económica y en la
memoria docente de la actividad realizada.
Las aportaciones financieras que se comprometen a realizar las partes no podrán ser
superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.
De la ejecución del convenio no se derivarán ingresos para ninguna de las partes. No
obstante, en el supuesto de que se derivaran ingresos para el Ministerio de Defensa se
actuará según lo previsto en la Orden Ministerial 144/1998, de 18 de junio, por la que se
establece el procedimiento de tramitación e información sobre ingresos en el ámbito del
Ministerio de Defensa.
Quinta.
Procedimiento de justificación del gasto.
Las actividades que engloban el presente convenio se realizarán exclusivamente
dentro de su periodo de vigencia.
1. La Universidad de Deusto remitirá al Ministerio de Defensa un expediente del
gasto, dentro del mes siguiente a la finalización de la actividad.
a) Documentos justificativos del gasto imputados al Ministerio de Defensa como
tickets y facturas o documentos de valor probatorio equivalente (para aquellas
operaciones exentas de IVA, será suficiente cualquier otro documento de valor probatorio
equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con esa misma eficacia administrativa de
acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
b) Las facturas, que deberán incluir en su objeto el fin o actividad para el que se ha
realizado dicho gasto.
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del convenio, comprendida entre su fecha de inscripción en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal y el 15 de noviembre del 2023.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad
deberán ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros
Electrónicos de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
c) Memoria económica. En ella se desglosarán los gastos realizados con cargo a la
aportación económica del Ministerio de Defensa y de la Universidad de Deusto.
Incorporará los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto (solo
los del Ministerio de Defensa) que se presentarán debidamente identificados y
cve: BOE-A-2023-12864
Verificable en https://www.boe.es
En el anexo se detallan los criterios relativos a los gastos a justificar por la
Universidad de Deusto relacionados con las actividades objeto del convenio.
En el expediente se incluirán los siguientes documentos:
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Cuarta.
Sec. III. Pág. 75391
Financiación.
El Ministerio de Defensa apoyará a la Universidad de Deusto en el desarrollo de las
actividades previstas en este convenio con la cantidad máxima de diecinueve mil
quinientos euros (19.500 €), impuestos incluidos, con cargo a la aplicación
presupuestaria 14.01.121M2.226.06 de los presupuestos correspondientes al ejercicio
económico de 2023.
No se abonarán nunca contra esta aplicación presupuestaría gastos
correspondientes a retribuciones ordinarias del personal que tenga una relación laboral
dependiente de la Universidad de Deusto.
El gasto aproximado asumido por la Universidad de Deusto será de 19.541 euros
correspondientes a horas de dedicación del personal de la Universidad, instalaciones y
equipamiento, pago a los ponentes, equipos informáticos (a nivel de software y
hardware), recursos bibliográficos y equipamiento de oficina.
La descripción de dicho gasto quedará reflejada en la memoria económica y en la
memoria docente de la actividad realizada.
Las aportaciones financieras que se comprometen a realizar las partes no podrán ser
superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.
De la ejecución del convenio no se derivarán ingresos para ninguna de las partes. No
obstante, en el supuesto de que se derivaran ingresos para el Ministerio de Defensa se
actuará según lo previsto en la Orden Ministerial 144/1998, de 18 de junio, por la que se
establece el procedimiento de tramitación e información sobre ingresos en el ámbito del
Ministerio de Defensa.
Quinta.
Procedimiento de justificación del gasto.
Las actividades que engloban el presente convenio se realizarán exclusivamente
dentro de su periodo de vigencia.
1. La Universidad de Deusto remitirá al Ministerio de Defensa un expediente del
gasto, dentro del mes siguiente a la finalización de la actividad.
a) Documentos justificativos del gasto imputados al Ministerio de Defensa como
tickets y facturas o documentos de valor probatorio equivalente (para aquellas
operaciones exentas de IVA, será suficiente cualquier otro documento de valor probatorio
equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con esa misma eficacia administrativa de
acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
b) Las facturas, que deberán incluir en su objeto el fin o actividad para el que se ha
realizado dicho gasto.
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del convenio, comprendida entre su fecha de inscripción en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal y el 15 de noviembre del 2023.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad
deberán ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros
Electrónicos de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
c) Memoria económica. En ella se desglosarán los gastos realizados con cargo a la
aportación económica del Ministerio de Defensa y de la Universidad de Deusto.
Incorporará los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto (solo
los del Ministerio de Defensa) que se presentarán debidamente identificados y
cve: BOE-A-2023-12864
Verificable en https://www.boe.es
En el anexo se detallan los criterios relativos a los gastos a justificar por la
Universidad de Deusto relacionados con las actividades objeto del convenio.
En el expediente se incluirán los siguientes documentos: