III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12903)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a CDR Carrión, SL, autorización administrativa previa para la central depuradora reversible Velilla del Río Carrión, con una potencia de turbinación de 143,81 MW, una potencia de bombeo de 144,40 MW y sus infraestructuras de evacuación, ubicadas en Velilla del Río Carrión y Guardo (Palencia) y Valderrueda (León).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75683
perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución
de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas, resuelve:
Único.
Otorgar a CDR Carrión, SL autorización administrativa previa para la Central
Depuradora Reversible «Velilla del Río Carrión», con una potencia de turbinación
de 143,81 MW, una potencia de bombeo de 144,40 MW y sus infraestructuras de
evacuación, que seguidamente se detallan con las particularidades recogidas en la
presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una central hidroeléctrica reversible para
la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de esta central depuradora reversible son las
siguientes:
– Tipo de tecnología: hidroeléctrica.
– Potencia de turbinación: 143,81 MW.
– Potencia de bombeo: 144,40 MW.
– Potencia instalada (según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio):
143,81 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, S.A.U.: 144 MW.
– Términos municipales afectados: Velilla del Río Carrión y Guardo, en la provincia
de Palencia, y Valderrueda, en la provincia de León.
Las infraestructuras de evacuación recogidas en el proyecto Central Depuradora
Reversible «Velilla del Rio Carrion», fechado en abril de 2020, se componen de:
No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido
de la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá
atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto
ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de
evacuación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones
de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento
de todas las condiciones establecidas en el citado artículo. Será necesario obtener
autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y
derivadas del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental si no se cumplen los
supuestos del citado artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Por tanto, la autorización administrativa de construcción no podrá ser otorgada, ni se
podrán iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las
instalaciones previstas en el artículo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, en ninguna de las partes de la instalación, es decir, ni en el parque de
producción ni en las infraestructuras de evacuación objeto de la presente resolución,
cve: BOE-A-2023-12903
Verificable en https://www.boe.es
– Líneas a 20 kV que conectarán con los dos transformadores trifásicos, evacuando
la energía generada en las dos turbinas.
– Dos transformadores trifásicos de 20/132 kV situados en caverna, en Velilla del
Río Carrión, en la provincia de Palencia.
– Línea eléctrica subterránea a 132 kV con origen en los transformadores trifásicos
de 20/132 kV hasta la SET exterior de la CDR 132/400 kV, con una longitud de 766 m,
discurriendo por el término municipal de Velilla del Río Carrión, en la provincia de
Palencia.
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75683
perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución
de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas, resuelve:
Único.
Otorgar a CDR Carrión, SL autorización administrativa previa para la Central
Depuradora Reversible «Velilla del Río Carrión», con una potencia de turbinación
de 143,81 MW, una potencia de bombeo de 144,40 MW y sus infraestructuras de
evacuación, que seguidamente se detallan con las particularidades recogidas en la
presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una central hidroeléctrica reversible para
la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de esta central depuradora reversible son las
siguientes:
– Tipo de tecnología: hidroeléctrica.
– Potencia de turbinación: 143,81 MW.
– Potencia de bombeo: 144,40 MW.
– Potencia instalada (según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio):
143,81 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, S.A.U.: 144 MW.
– Términos municipales afectados: Velilla del Río Carrión y Guardo, en la provincia
de Palencia, y Valderrueda, en la provincia de León.
Las infraestructuras de evacuación recogidas en el proyecto Central Depuradora
Reversible «Velilla del Rio Carrion», fechado en abril de 2020, se componen de:
No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido
de la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá
atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto
ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de
evacuación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones
de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento
de todas las condiciones establecidas en el citado artículo. Será necesario obtener
autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y
derivadas del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental si no se cumplen los
supuestos del citado artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Por tanto, la autorización administrativa de construcción no podrá ser otorgada, ni se
podrán iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las
instalaciones previstas en el artículo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, en ninguna de las partes de la instalación, es decir, ni en el parque de
producción ni en las infraestructuras de evacuación objeto de la presente resolución,
cve: BOE-A-2023-12903
Verificable en https://www.boe.es
– Líneas a 20 kV que conectarán con los dos transformadores trifásicos, evacuando
la energía generada en las dos turbinas.
– Dos transformadores trifásicos de 20/132 kV situados en caverna, en Velilla del
Río Carrión, en la provincia de Palencia.
– Línea eléctrica subterránea a 132 kV con origen en los transformadores trifásicos
de 20/132 kV hasta la SET exterior de la CDR 132/400 kV, con una longitud de 766 m,
discurriendo por el término municipal de Velilla del Río Carrión, en la provincia de
Palencia.