III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12889)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Oliva Solar 1, de 44,68 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en la pedanía de Usanos, en Guadalajara, Galápagos y Torrejón del Rey (Guadalajara) y Valdeavero, Fresno de Torote, Camarma de Esteruela y Daganzo de Arriba (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 75564

Se ha recibido informe de la Subdirección General de Patrimonio de la Dirección
General de Infraestructura de la Secretaría de Estado de Defensa del Ministerio de
Defensa, en el cual indican que no se hacen observaciones en relación a Patrimonio. Sin
embargo, proceden a solicitar informe de carácter técnico al Estado Mayor del Ejército
del Aire y a la Dirección de Acuartelamiento del Ejército de Tierra, en el desarrollo de sus
competencias. En su informe aclaran que el proyecto de las plantas fotovoltaicas no
podrá autorizarse hasta obtener respuesta con los citados informes técnicos. Se ha dado
traslado al promotor de dicha contestación, el cual hace acuse de recibo del informe de
la citada Subdirección General de Patrimonio a la espera de los informes requeridos. Se
da traslado de la respuesta a la Subdirección General de Patrimonio de la Dirección
General de Infraestructura de la Secretaría de Estado de Defensa del Ministerio de
Defensa. En ésta misma remisión, el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid comunica al citado organismo que el promotor ha presentado una
modificación sustancial del proyecto y que se va a proceder a realizar un nuevo trámite
de información pública, en el que será nuevamente consultado, a los efectos oportunos,
en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Se ha recibido informe de Red Eléctrica de España, S.A.U, en el que indica que se
han identificado discrepancias entre la ubicación del centro de medida de energía fiscal
propuesto en la solicitud de conexión y el trámite de información pública y consultas, se
requerirá la actualización del permiso de conexión para concretar la solución de conexión
prevista. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual indica que en el
momento de elaborar el proyecto ejecutivo actualizará el permiso de conexión para
concretar la solución de conexión prevista. Se da traslado a Red Eléctrica de España,
S.A.U, el cual indica que, acorde al artículo 53 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, «la
autorización administrativa de instalaciones de generación no podrá ser otorgada si su
titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexión a las redes de
transporte o distribución correspondientes» los cuales deben completarse para todas las
instalaciones que vayan a conectarse a la red según el Real Decreto 1183/2020, de 29
de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía
eléctrica. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta que
ha presentado una modificación sustancial del proyecto y que se va a proceder a realizar
un nuevo trámite de información pública, en el que será nuevamente consultado, a los
efectos oportunos, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, del Ayuntamiento de Camarma
de Esteruela, del Ayuntamiento de Valdeavero, la Dirección General de Urbanismo de la
Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la
Comunidad de Madrid, la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, la Dirección
General de Planificación Territorial y Urbanismo Consejería de Fomento de la Junta de
Comunidades de Castilla - La Mancha, la Dirección General de Transición Energética de
la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla - La
Mancha, y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud
de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 29 de octubre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», con fecha 2 de noviembre de 2021 en el Boletín Oficial de la
Provincia de Guadalajara y con fecha 3 de noviembre de 2021 en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Guadalajara
(el 18 de noviembre de 2021), Galápagos (el 18 de noviembre de 2021), Torrejón del Rey
(el 19 de noviembre de 2021), Valdeavero (el 26 de enero de 2022), Fresno de Torote
(el 18 de noviembre de 2021), Camarma de Esteruela (el 24 de noviembre de 2021) y

cve: BOE-A-2023-12889
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Núm. 129