III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Auditores de Cuentas. (BOE-A-2023-11329)
Orden ETD/479/2023, de 5 de mayo, por la que se publica la convocatoria conjunta del Consejo General de Economistas de España-Registro de Economistas Auditores y del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, del examen de aptitud profesional para la autorización del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas e inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 66649

presentación de solicitudes establecido en la base 3.1, se publicarán: por una parte, la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la primera fase del examen,
conteniendo en este último supuesto las causas que han motivado su exclusión, y, por
otra, la lista provisional de aspirantes dispensados de la primera fase del examen por
haberse acreditado debidamente hallarse en alguno de los supuestos previstos en la
base 2.4.
En el plazo de diez días hábiles desde la fecha de publicación de dichas listas, se
podrán realizar las alegaciones a estas que se estimen oportunas a fin de subsanar los
defectos que pudieran ser objeto de ello.
En los quince días hábiles siguientes a la expiración del plazo de presentación de
alegaciones, se publicarán, con carácter definitivo, las citadas listas y se señalará el
lugar y fecha de celebración de la primera fase del examen.
Una vez concluida la primera fase del examen, se publicará la lista provisional de
admitidos y excluidos a la segunda fase de este, conteniendo en este último supuesto las
causas que han motivado su exclusión. Dicha lista comprenderá aquellas personas que
hubieran aprobado la primera fase del examen en esta convocatoria, y aquellas otras a
las que se hubiere reconocido la dispensa de realización de la primera fase.
En el plazo de diez días hábiles desde la fecha de publicación de dicha lista, se
podrán realizar las alegaciones a esta que se estimen oportunas a fin de subsanar los
defectos que pudieran ser objeto de ello.
En los quince días hábiles siguientes a la expiración del plazo anterior, se publicará
con carácter definitivo la citada lista y se señalará el lugar y fecha de celebración de la
segunda fase del examen.
3.11. Las publicaciones de las listas y resoluciones adoptadas por el Tribunal
calificador se efectuarán en la página web del ICAC https://www.icac.gob.es/
examenesroac y en las sedes nacionales y territoriales de las Corporaciones
convocantes, así como en sus respectivas páginas webs.
3.12 Desde la página web del ICAC https://www.icac.gob.es/examenesroac los
examinandos podrán acceder a la aplicación «Examen de aptitud profesional para el
acceso al ROAC 2023» y consultar su nota; utilizando para ello su DNI/NIE y, un número
identificativo único e individualizado que les será entregado el día del examen.
4.

Tribunal

4.1. Se nombra el tribunal a que se refieren los artículos 9.3 de la Ley de Auditoría de
Cuentas y 30 del Reglamento de desarrollo de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de
Auditoría de Cuentas, con la composición siguiente:
Presidente/a: El Secretario/a General del Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas.
Vocales:
Don Francisco Javier Puente Berdasco en representación del Instituto de
Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
Doña Isabel Serantes Gómez en representación del Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas.
Don Lorenzo Lara Lara en representación del Consejo General de Economistas de
España- Registro de Economistas Auditores.
Doña Gemma Soligó Illamola en representación del Instituto de Censores Jurados de
Cuentas de España.
Doña María Antonia García Benau, catedrática de Universidad de Economía
Financiera y Contabilidad, nombrada a propuesta del Instituto de Contabilidad y Auditoría
de Cuentas.
Don Juan Miguel Bascones Ramos en representación de la Intervención General de
la Administración del Estado.

cve: BOE-A-2023-11329
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Núm. 113