III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-11166)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques Solares Fotovoltaicos "Ciudad de Tartessos I y Ciudad de Tartessos II" de 66,275 MWp/51 MWn cada uno, y su infraestructura de evacuación, en San Juan del Puerto, Trigueros, Palos de la Frontera y Moguer (Huelva)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Jueves 11 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 65606

implantación de vegetación con la misma composición específica, proporción de
especies, densidad, etc., que permita la progresión hacia la comunidad vegetal/hábitat
preexistente, todo ello en coordinación con el órgano competente de la Junta de
Andalucía. La restauración de la cobertura edáfica y la vegetación se realizarán tan
pronto como sea posible para cada superficie, y se realizará de manera progresiva con el
objeto de poder integrarla paisajísticamente.
– Siempre que sea técnicamente viable se conservarán los ejemplares arbóreos de
mayor porte que se encuentren dentro de las instalaciones proyectadas.
– Se realizarán plantaciones de setos con especies arbustivas autóctonas, con el fin
de integrar paisajísticamente las instalaciones proyectadas.
4.2.4

Fauna.

1. Previo al inicio de las obras y durante la ejecución de las mismas, se realizará
una prospección del terreno por un técnico especializado en fauna, con objeto de
identificar la presencia de las especies de fauna amenazada, así como nidos y/o
refugios, evitando su afección directa o indirecta. Dicho muestreo de campo exhaustivo
abarcará las instalaciones proyectadas y su área de influencia (en torno a 1 km), así
como las masas forestales circundantes o de ribera, con el fin de detectar posible
presencia de aves nidificando en la zona y en sus inmediaciones por si hay que
establecer medidas preventivas adicionales, debiendo comunicarse al órgano ambiental
autonómico competente.
2. Se establecerá un cronograma para la fase de construcción, con el fin reducir
molestias a las especies de fauna con presencia en el entorno de actuación, de tal modo
que cualquier actuación que pueda implicar molestias para la fauna silvestre deberá
iniciarse fuera de siguientes los periodos de reproducción: sisón (del 1 de marzo al 15 de
julio), aguilucho cenizo (del 15 de marzo al 31 de agosto), elanio común (del 1 de abril
al 30 de junio) y, con carácter general, se evitarán las actuaciones de mayor entidad y
repercusión ambiental, durante el período general de cría de los taxones del territorio,
comprendido entre el 1 de marzo y el 15 de julio. Dicho cronograma de obras, en el que
se definirán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de
especies amenazadas, se presentará a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible
en Huelva al menos 15 días antes de la comunicación de inicio de las obras, de tal
manera que pueda ser objeto de modificación por parte de dicho organismo.
Siempre que sea posible, se evitarán los trabajos nocturnos, y la ejecución de las
actividades de movimiento de tierras, desbroce y despeje se realizarán de forma
progresiva, con objeto de evitar que se afecte simultáneamente a la totalidad de territorio
ocupado por el proyecto.
3. En cuanto al establecimiento de medidas para evitar la colisión y electrocución
de avifauna se atenderá a lo establecido en la normativa sectorial vigente incluido el Real
Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la
protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta
tensión, y normativa regional de desarrollo, y se cumplirán todas las medidas propuestas
por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva y la Subdirección
General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO al respecto. En caso de
discrepancia entre las medidas anticolisión de las citadas normativas, se adoptarán las
que implique una mayor protección para el medio ambiente. La línea eléctrica contará, al

cve: BOE-A-2023-11166
Verificable en https://www.boe.es

Se cumplirán todas las medidas de protección de la fauna solicitadas por la
Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva y por la Dirección General de
Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía, ampliadas
por este órgano ambiental, entre las que destacan: