III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-10532)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Biodiversidad F.S.P., para la ejecución de acciones incluidas en el proyecto LIFE Cerceta Pardilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60708
institucionales sobre futuros actos vinculados al Proyecto, al amparo de la normativa
especial de protección de la imagen y con el previo consentimiento escrito de los
interesados sobre los actos anteriormente indicados.
La CHS cederá a la FB, y viceversa, a título gratuito, los derechos de uso sobre el
material gráfico y fotográfico que obtenga de las actividades desarrolladas en el marco
del Proyecto LIFE Cerceta Pardilla con el fin de poder ser utilizados por parte de ambos
para la promoción del Proyecto, mediante la publicación del mismo en redes sociales,
revistas y cualquier otro medio de comunicación análogo de su titularidad. Con respecto
a la grabación de personas se estará a lo dispuesto en el apartado anterior.
La CHS cederá a la FB los datos personales de los intervinientes en los actos
desarrollados como consecuencia del Proyecto LIFE Cerceta Pardilla, con la finalidad de
remitirles comunicaciones informativas sobre futuros actos vinculados al Proyecto, con el
debido consentimiento del interesado indicado en el apartado 2.
2. Para las finalidades descritas en los párrafos anteriores, la CHS se compromete
a informar y obtener el consentimiento de los interesados que participen en los distintos
actos para el tratamiento de sus datos personales y la cesión de los mismos a la FB, de
conformidad con lo establecido en el artículo 7 y 13 del Reglamento del Parlamento
Europeo y del Consejo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así como a
facilitar a los interesados la revocación del mismo cuando procediera, así como el
ejercicio de los derechos. de acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad y la
limitación u oposición dirigiéndose a la siguiente dirección de correo electrónico
dpo@fundacion-biodiversidad.es, así como reclamaciones a la misma dirección o ante la
autoridad de control. Dicha información se deberá guardar a los efectos de la necesaria
proactividad.
3. La CHS y la FB deberán preservar la confidencialidad tanto de los datos como de
cualquier información y documentos, en cualquier forma, que se divulguen por escrito u
oralmente en relación con la aplicación del convenio y que estén explícitamente
indicadas por escrito como confidenciales, así como cualesquiera datos personales.
4. La CHS y la FB no utilizarán información y documentos confidenciales por ningún
motivo que no sea el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del convenio, a menos
que se acuerde otra cosa con la CE por escrito.
5. La CHS y la FB estarán obligados a lo anterior durante la aplicación del convenio
antedicho, a menos que:
a) Información confidencial se haga pública por otros medios que no sean en
violación de la obligación de confidencialidad mediante la divulgación por la parte
obligada por dicha obligación;
b) La revelación de la información confidencial sea requerida por la ley.
6. Los datos personales recabados durante el Proyecto LIFE Cerceta Pardilla se
pondrán a disposición de la CE y demás instituciones comunitarias que sean necesarias
para realizar un correcto control de las actuaciones derivadas del proyecto y que fueran
necesarios para el cumplimiento de obligaciones de acuerdo con lo previsto en la
legislación vigente de aplicación.
7. Con las limitaciones establecidas en la normativa de protección de datos, los
beneficiarios, así como cualquiera de los intervinientes en los actos celebrados como
consecuencia del Proyecto LIFE Cerceta Pardilla, podrán ejercer sus derechos de
acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad. En el supuesto de
que los intervinientes ejerciesen alguno de estos derechos, se deberá comunicar este
hecho tanto a la FB como a la CE, para que realicen las gestiones oportunas.
8. La CHS y la FB solo podrán tratar los datos personales de los intervinientes en
los actos relativos al proyecto para las finalidades descritas en la cláusula informativa
mencionada anteriormente, prohibiendo su uso para otras finalidades. En este sentido,
tanto la CHS como FB, se comprometerán a implementar en sus sistemas técnicos y
cve: BOE-A-2023-10532
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60708
institucionales sobre futuros actos vinculados al Proyecto, al amparo de la normativa
especial de protección de la imagen y con el previo consentimiento escrito de los
interesados sobre los actos anteriormente indicados.
La CHS cederá a la FB, y viceversa, a título gratuito, los derechos de uso sobre el
material gráfico y fotográfico que obtenga de las actividades desarrolladas en el marco
del Proyecto LIFE Cerceta Pardilla con el fin de poder ser utilizados por parte de ambos
para la promoción del Proyecto, mediante la publicación del mismo en redes sociales,
revistas y cualquier otro medio de comunicación análogo de su titularidad. Con respecto
a la grabación de personas se estará a lo dispuesto en el apartado anterior.
La CHS cederá a la FB los datos personales de los intervinientes en los actos
desarrollados como consecuencia del Proyecto LIFE Cerceta Pardilla, con la finalidad de
remitirles comunicaciones informativas sobre futuros actos vinculados al Proyecto, con el
debido consentimiento del interesado indicado en el apartado 2.
2. Para las finalidades descritas en los párrafos anteriores, la CHS se compromete
a informar y obtener el consentimiento de los interesados que participen en los distintos
actos para el tratamiento de sus datos personales y la cesión de los mismos a la FB, de
conformidad con lo establecido en el artículo 7 y 13 del Reglamento del Parlamento
Europeo y del Consejo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así como a
facilitar a los interesados la revocación del mismo cuando procediera, así como el
ejercicio de los derechos. de acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad y la
limitación u oposición dirigiéndose a la siguiente dirección de correo electrónico
dpo@fundacion-biodiversidad.es, así como reclamaciones a la misma dirección o ante la
autoridad de control. Dicha información se deberá guardar a los efectos de la necesaria
proactividad.
3. La CHS y la FB deberán preservar la confidencialidad tanto de los datos como de
cualquier información y documentos, en cualquier forma, que se divulguen por escrito u
oralmente en relación con la aplicación del convenio y que estén explícitamente
indicadas por escrito como confidenciales, así como cualesquiera datos personales.
4. La CHS y la FB no utilizarán información y documentos confidenciales por ningún
motivo que no sea el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del convenio, a menos
que se acuerde otra cosa con la CE por escrito.
5. La CHS y la FB estarán obligados a lo anterior durante la aplicación del convenio
antedicho, a menos que:
a) Información confidencial se haga pública por otros medios que no sean en
violación de la obligación de confidencialidad mediante la divulgación por la parte
obligada por dicha obligación;
b) La revelación de la información confidencial sea requerida por la ley.
6. Los datos personales recabados durante el Proyecto LIFE Cerceta Pardilla se
pondrán a disposición de la CE y demás instituciones comunitarias que sean necesarias
para realizar un correcto control de las actuaciones derivadas del proyecto y que fueran
necesarios para el cumplimiento de obligaciones de acuerdo con lo previsto en la
legislación vigente de aplicación.
7. Con las limitaciones establecidas en la normativa de protección de datos, los
beneficiarios, así como cualquiera de los intervinientes en los actos celebrados como
consecuencia del Proyecto LIFE Cerceta Pardilla, podrán ejercer sus derechos de
acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad. En el supuesto de
que los intervinientes ejerciesen alguno de estos derechos, se deberá comunicar este
hecho tanto a la FB como a la CE, para que realicen las gestiones oportunas.
8. La CHS y la FB solo podrán tratar los datos personales de los intervinientes en
los actos relativos al proyecto para las finalidades descritas en la cláusula informativa
mencionada anteriormente, prohibiendo su uso para otras finalidades. En este sentido,
tanto la CHS como FB, se comprometerán a implementar en sus sistemas técnicos y
cve: BOE-A-2023-10532
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Núm. 103