III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-8942)
Resolución de 30 de marzo de 2023, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Consejería de Sanidad de la Xunta de Galicia, para la mejora del conocimiento de la infección por el VIH en Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Lunes 10 de abril de 2023

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A estos efectos la comunicación con los interesados se realizará a través de los
delegados de protección de datos de ambas entidades:
Instituto de Salud Carlos III: dpd@isciii.es.
Consellería de Sanidade (Galicia): delegado.proteccion.datos@sergas.gal.
Quinta. Derechos de propiedad industrial e intelectual.
En caso de que se generasen resultados de la investigación susceptible de generar
derechos, la titularidad y derechos de explotación de los mismos se regirá por lo
dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, así como en la Ley 2/2011, de 4 de
marzo, de Economía Sostenible (artículo 53 y siguientes).
Los resultados de la investigación son de titularidad conjunta entre la Consellería de
Sanidade de Galicia y el ISCIII. El ISCIII no publicará ningún resultado sin comunicarlo
previamente a Consellería de Sanidade y obtener la autorización pertinente. Asimismo,
mencionará en todas las publicaciones resultantes de la realización del objeto del
convenio a la Consellería de Sanidade, así como a los participantes en el estudio.
Sexta.

Comisión de seguimiento.

Para el seguimiento, vigilancia y control del presente convenio, se constituirá una
comisión mixta, integrada por los siguientes miembros:
Por el ISCIII:
– El Subdirector General de Servicios Aplicados, Formación e Investigación o
persona en la que delegue.
– Investigador Científico de la Unidad de Biología y Variabilidad del VIH del Centro
Nacional de Microbiología.
Por la Consellería de Sanidade:
– El Subdirector General de Información sobre Salud y Epidemiología.
– El Jefe de Servicio de Control de Enfermedades Transmisibles.
El régimen de funcionamiento de la comisión será el establecido en los artículos 15 y
siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
para los órganos colegiados.
Además de las mencionadas, serán funciones de la misma:
Garantizar el cumplimiento de los objetivos y obligaciones del convenio.
Promover la producción científica derivada de los resultados del convenio.

Séptima.

Financiación.

La Consellería de Sanidade se compromete a aportar, con cargo a la partida
presupuestaria 1202.413A.640.4, la cantidad de 10.315,50 euros en el año 2023 (8.970
euros en concepto de material fungible, correspondiente a los reactivos utilizados en
extracción de ácidos nucleicos, amplificación mediante PCR, electroforesis y
secuenciación para los análisis de 130 muestras en el año 2023, por un coste de 69
euros por muestra, más 1.345,50 euros, el 15 %, en concepto de costes indirectos).
Dicha financiación se corresponderá a los gastos incurridos en el año 2023,
presentando certificación o nota de cargo debidamente conformada por la Consellería de
Sanidade junto con una memoria correspondiente con los trabajos realizados en el
periodo comprendido entre la firma del convenio y la finalización del año.
La aportación del ISCIII, en horas de personal investigador y técnico y el coste de
amortización de los equipamientos del ISCIII se estima, aproximadamente, en 2.290 euros.

cve: BOE-A-2023-8942
Verificable en https://www.boe.es

a)
b)