III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-8681)
Resolución de 28 de marzo de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para el desarrollo de la edición 2023-24 del Programa estatal de circulación de espectáculos de artes escénicas en espacios de las entidades locales ("Platea").
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 50418

La propuesta se acompañará de la siguiente información:
– Memoria de gastos de publicidad y técnicos que asumirá la Entidad Local en las
representaciones incluidas en el proyecto de programación. Esta memoria indicará los
gastos de publicidad y comunicación, detallando si hay acciones específicas para los
espectáculos de Platea o prorrateando los costes globales en lo que les corresponda,
señalará si las necesidades técnicas de los mismos se asumirán con los recursos
humanos y materiales del espacio escénico o se procederá al alquiler o contratación de
recursos añadidos.
– Cartas-compromiso con las condiciones de contratación de las compañías incluidas
en el proyecto de programación, incluyendo, en su caso, una estimación de la
contraprestación adicional por sobrecoste de extrapeninsularidad. En ningún caso, el
caché de referencia pactado podrá superar el establecido en el catálogo Platea.
Tampoco se admitirán espectáculos con un caché en catálogo superior al indicado a
continuación:
Aforo del espacio

Caché máximo (IVA incluido)

Euros

Hasta 300 localidades.

6.000

301-500 Localidades.

10.000

501-700 Localidades.

15.000

Más de 700 localidades.

Sin máximo

Las Entidades Locales que hubieran superado en 2022-23 el 30 % de
autofinanciación podrán exceder estos límites según la tabla siguiente:
Aforo del espacio

Caché máximo (IVA incluido)

Euros

Hasta 300 localidades.

9.000

301-500 Localidades.

14.000

501-700 Localidades.

19.000

Más de 700 localidades.

Sin máximo

El INAEM podrá proponer a la Entidad Local la modificación de cualquiera de los
aspectos de la propuesta para posibilitar su aceptación.
En caso de que la disponibilidad presupuestaria global de Platea no sea suficiente
para cubrir el total de programaciones, se instará la modificación de las propuestas a la
vista de los resultados obtenidos por cada Entidad Local en la edición anterior del
Programa. A tal fin se utilizará como indicador el índice de autofinanciación, entendido tal
índice como la relación entre la recaudación total de todos los espectáculos de la
programación Platea y la suma total de los cachés de los mismos. Esto es: Índice de
autofinanciación = (recaudación Platea/suma cachés) × 100.
Conforme a los objetivos del Programa, y en lo que respecta al número de
espectáculos que comprende su oferta por temporada, las Entidades Locales adheridas
se comprometen a lo siguiente:
– Entidades Locales con una oferta anterior a la entrada en Platea inferior a los 40
espectáculos por año (para incorporaciones producidas hasta la edición 2021-22) o
temporada (para incorporaciones a partir de la edición 2022-23) el total de lo programado
en cada temporada no podrá ser inferior al número ofertado antes de la entrada en el
programa más el número de espectáculos de Platea.

cve: BOE-A-2023-8681
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 81